Avance en procedimientos sancionadores
-Ciertos asuntos están en la etapa de audiencias de alegatos, en trámite, otros ya los sustanciaron hacia el Tribunal Electoral del Estado
ELECCIONES 2022
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Investiga y sustancia el Instituto Estatal Electoral (IEEH) 29 procedimientos especiales sancionadores, además de seis ordinarios sancionadores, relacionados a posibles vulneraciones a la normativa durante el proceso comicial de renovación de la gubernatura.
Algunos de estos asuntos están en la etapa de audiencias de alegatos, en trámite, otros ya los sustanciaron hacia el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) para su resolución, desechamiento o requerimientos de otras oficialías, principalmente promovidos por los representantes jurídicos de Morena, Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).
Instruyen los procedimientos especiales sancionadores en caso de violaciones al artículo 134 de la Constitución Política federal, o bien, que los actores políticos contravengan normas de la propaganda, situaciones anómalas durante las precampañas, obtención de apoyo ciudadano o rumbo a las intercampañas y campañas.
Dentro de los procedimientos ordinarios sancionadores, analizan conductas contrarias a la normativa como actos de coacción o presión hacia electorado; incumplimiento de resoluciones decretadas por la autoridad electoral; difusión de propaganda contraria a la normatividad; omisión de brindar información que sea requerida por la autoridad.
Igualmente, aportaciones en especie a partidos políticos por parte de sujetos prohibidos por la normatividad electoral; uso indebido del padrón electoral, lista nominal o datos personales; ofrecer apoyos, dádivas o cualquier beneficio a cambio de afiliarse a alguna agrupación.
Actos anticipados de precampaña y campaña; uso de símbolos religiosos, o manifestaciones vertidas por miembros de algún culto religioso e incumplimiento de medidas cautelares.
Es importante destacar que, el máximo tribunal en materia electoral determinó que, el sistema de distribución de competencias entre autoridades locales y el Instituto Nacional Electoral (INE) atiende principalmente a dos criterios: si vincula a un proceso comicial en las entidades, con la excepción prevista para aquellas infracciones vinculadas a radio o televisión, cuyo conocimiento es de competencia exclusiva del órgano federal y Sala Regional Especializada.
El otro criterio es por territorio, esto es, puntualizar en dónde ocurrió la conducta, a efecto de establecer quién es la autoridad competente.
En la valoración de esas acciones jurídicas, el instituto sustancia los procedimientos y puede dictar medidas cautelares para que posteriormente las remitan de inmediato al tribunal hidalguense, a fin de que resuelva conforme a derecho.
Las medidas cautelares son acciones extraordinarias que tienen por objeto evitar que conductas que puedan considerarse lesivas del órgano jurídico, transcurran en el tiempo causando sus efectos y que no sea posible retrotraerse con el dictado de una resolución de fondo, por ello la importancia de que sean emanadas de un análisis estricto y debidamente justificadas.