Alcaldía de Ixmiquilpan no respeto  autonomía de comunidades: TEPJF

-Corroboraron lo estimado por el TEEH que, tras invalidar elecciones de delegados ayuntamiento quebrantó perceptos como independencia y usos y costumbres

SENTENCIA FEDERAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Desechó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) las demandas que interpuso la alcaldía de Ixmiquilpan, las cuales tenían la intención de anular sentencias del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que determinaron que hubo intervención en procesos de selección de delegados en colonias, barrios o comunidades.

Mediante dos juicios electorales, la presidencia municipal impugnó las resoluciones locales en las que revocaron diversos oficios emitidos por la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares; en lo que declararon la nulidad de los procesos de selección de delegados, específicamente en el barrio El Progreso, mediante el expediente, ST-JE-16/2022; en tanto que, el folio, ST-JE-17/2022 relativo a la colonia Benito Juárez.

Al analizar los casos, los magistrados regionales consideraron que en los referidos asuntos actualizaban la causal de improcedencia consistente en la falta de legitimación por parte del ayuntamiento, ya que también tiene la calidad de autoridad responsable en el juicio de origen.

Por tanto, corroboraron lo estimado por el tribunal hidalguense respecto a que, tras invalidar elecciones de delegados en colonias, barrios, fraccionamientos o comunidades, la alcaldía de Ixmiquilpan atentó a la autonomía de las comunidades o barrios, así como los usos y costumbres para efectuar la selección de sus delegados.

Asimismo, que otorgaran la constancia como delegados a Roberto Ángeles Ramírez, en la colonia Benito Juárez y Lilia del Carmen Trejo Durán en el barrio El Progreso.