Revés al INE, son legales fideicomisos de Morena
PARA BIENES INMUEBLES
Luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) calificó como ilegal que al menos 20 dirigencias estatales de Morena, entre ellas Hidalgo, cedieran más de 398 millones de pesos hacia un fideicomiso creado por el Comité Ejecutivo Nacional para adquirir oficinas partidistas, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó esa determinación y validó que las cúpulas ahorren los remanentes de sus gastos ordinarios para comprar y/o remodelar bienes inmuebles.
El Consejo General del INE aprobó el dictamen consolidado y resolución relacionada con la revisión de ingresos y gastos que presentaron los partidos nacionales y locales, correspondientes al ejercicio 2020 en la cual impuso diversas sanciones a Morena; el órgano electoral encontró diversas irregularidades, específicamente, transferencias de los comités estatales al nacional por un monto superior a los mil 200 millones de pesos, de los cuales, 390 millones eran de un presunto fondo para la adquisición de inmuebles a nivel local.
Tal criterio, lo asumió el pleno del INE a partir del artículo 150, párrafo 6 del Reglamento de Fiscalización, mismo que refiere que las transferencias de los comités estatales a los órganos de dirección nacional de un partido solo pueden efectuarse por tres supuestos: para pago de proveedores, pago de prestadores de servicios y pago de impuestos.
Por ello, Morena recurrió ante Sala Superior para anular dicha determinación y por mayoría de votos de los magistrados señalaron que el referido reglamento permite a los partidos que ahorren remanentes de sus recursos para gastos ordinarios con el objetivo de adquirir bienes inmuebles, mediante la constitución de un fideicomiso, pues ello permite la planeación de estrategias en ciertas entidades federativas.
Además, sostuvieron que no hay prohibición para que los partidos constituyan fondos, siempre y cuando cumplan con la normatividad aplicable al interior de las fuerzas políticas, disposiciones electorales, fiscales y financieras.
Entonces, la cúpula “guinda” no tiene obligación de devolver los recursos a la Tesorería de la Federación, como lo decretaba el fallo del INE, siempre y cuando el objetivo del ahorro sea para fines lícitos y destinados en actividades necesarias, permanentes y multianuales.
El pleno de Sala Superior precisó que los institutos políticos pueden transferir recursos locales al ámbito federal para pago de proveedores, prestadores de servicios y de impuestos debidamente registrados en la contabilidad local; en tanto, únicamente constituirán fideicomisos para adquisición y remodelación de inmuebles propios, reservas para pasivos laborales y contingencias en atención a obligaciones de pago previamente adquiridas.
Antecedentes
Según los expedientes de fiscalización, el 28 de diciembre del 2020, la cúpula “guinda” formalizó el convenio para instituir el “Fideicomiso de Administración e Inversión número F/4117560” a fin de obtener recursos que serían destinados para comprar propiedades, realizar mejoras inmobiliarias, reconstruir inmuebles de su propiedad, o bien, contratar arrendamientos operativos y financieros.
Las partes en ese acuerdo de voluntades la constituirían Morena como fideicomitente y fideicomisario, en tanto que la fiduciaria sería BBV Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, el capital cedido para tal concepto era de 398 millones 641 mil 840 pesos por parte de 20 Comités Ejecutivos Estatales.
En el caso de Hidalgo, refiere un monto de 19 millones 446 mil 240 pesos que otorgaron al CEN; en ese año, Morena en la entidad recibió de financiamiento público local un total de 21 millones 14 mil 569 pesos, por actividades ordinarias y específicas. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)