Impugnan la multa contra ayuntamiento de Ixmiquilpan

-El TEEH ordena pagar 100 UMAs por incumplir sentencia para adecuar y regular la normativa municipal sobre la representación indígena

VAN A SALA REGIONAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Pretende el ayuntamiento de Ixmiquilpan revocar la multa que impuso el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) consistente en 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), derivado de incumplimiento a una sentencia para adecuar y regular la normativa municipal sobre la representación indígena.

Mediante el juicio de la ciudadanía, ST-JDC-218/2022, a cargo de la magistrada de la Sala Regional Toluca del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Marcela Elena Fernández Domínguez, la alcaldía que preside Araceli Beltrán Contreras, interpuso un medio de impugnación para invalidar el acuerdo del 21 de octubre del 2022 que remitió el tribunal hidalguense.

En tal oficio, TEEH-P-1434/2022, hizo efectiva la medida de apremio de 100 UMA para los integrantes del Cabildo, poco más de 9 mil pesos que pagarán de su patrimonio, por no cumplir lo establecido en el expediente TEEH-JDC-164/2021-INC-2.

De la resolución local, ordenaron a la alcaldía de Ixmiquilpan que adecuara, armonizara y regulara en la normativa, como el bando municipal, reglamentos, lineamientos, entre otros, la institución jurídica de representante indígena, así como emitir y difundir una convocatoria, tanto en lengua hñahñu, como en español, a fin de invitar a integrantes de diversas comunidades para que de acuerdo con sus sistemas de normas internas, procedimientos tradiciones, usos y costumbres eligieran a su respectivo enlace en el ayuntamiento.

Dicha representación tendrá diversas especificaciones como: derecho de ser convocados, oportunamente, a las citas de sesiones y tener conocimiento previo de los asuntos a tratar, mediante comunicados correspondientes del orden de asuntos a discutir; contemplados en las sesiones de cabildo, con derecho a voz, pero no a voto, cuando los asuntos a tratar pudiesen afectar a sus comunidades o tengan que ver con las mismas.

Además, el fallo ordenó a que la presidencia municipal difunda convocatorias mediante los mecanismos tradicionales de perifoneo o publicidad en lugares públicos, tanto en español como hñahñu, para seleccionar a un perfil autóctono en las comunidades de Panales, Nequeteje, Chalmita, Dios Padre, Cerritos, El Nith, La Huerta Capula, El Alberto, San Juanico, El Espino, Orizabita y Capula.

Como dato relevante, tras diversas prórrogas, la autoridad municipal publicó el 4 de julio del 2022 en el Periódico Oficial del Estado (POE) el Decreto Número Uno que contiene la reforma al artículo 47 y adición del artículo 47 Bis, 47 Ter, 47 Quater y 47 Quinquies del Bando de Policía y Gobierno, validado por la asamblea ixmiquilpense, pero que prevalecen en litigio.