Restituyen a F. López como dirigente del PRD

COMIENZO. Queja fue promovida por una militante, Mariela Escamilla Cortés, para anular la celebración de la cuarta sesión del IX Consejo Estatal del 24 de octubre del 2021.

-El Tribunal Electoral del Estado revocó resolución del Órgano de Justicia Intrapartidaria del sol azteca

DETERMINA TEEH

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Ordenó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la restitución de Francisco de Jesús López Sánchez como presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática (PRD) tras revocar la resolución del Órgano de Justicia Intrapartidaria del “sol azteca”, la cual analizó indebidamente el asunto pues la designación del dirigente fue en octubre del 2021, por lo que gozaba de certeza y definitividad.

En el juicio ciudadano, TEEH-JDC-026-2023, impugnaron la resolución del 8 de marzo por parte del órgano de justicia perredista en el expediente QO/HGO/57/2022 y acumulado, en cuanto a que el cabecilla violentó el inciso C, así como el último párrafo del artículo 17 y 58 de los documentos básicos perredistas, al ocupar la presidencia de la Dirección Estatal Ejecutiva en Hidalgo sin encontrarse afiliado al instituto político y por tanto no formar parte de su listado nominal.

Dicha queja la promovió una militante, Mariela Escamilla Cortés, para anular la celebración de la cuarta sesión del IX Consejo Estatal del 24 de octubre del 2021, donde el órgano partidista hidalguense ejerció la facultad establecida en el artículo 43 inciso L de los estatutos y asignó a López Sánchez.

En sesión pública, los magistrados hidalguenses coincidieron en que la instancia de justicia perredista analizó indebidamente la procedencia de la queja, pues el plazo para impugnar el nombramiento de Francisco López era a partir del acuerdo asumido por el Consejo Estatal, es decir en octubre del 2021, más no cuando la inconforme formalizó su recurso jurídico.

“La interpretación tomada por el órgano de justicia a fin de computar la presentación oportuna de la queja conduce a un estado de incertidumbre permanente, por lo que es necesario priorizar los principios de certeza, seguridad jurídica y definitividad, por ende, si la decisión tomada en su momento por los órganos del PRD no fue combatida en tiempo y forma, entonces se estima que lo ahí resuelto goza de definitividad y certeza”.

La ponencia de la magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, precisó que lo ordinario era reencauzar el medio de impugnación hacia el Órgano de Justicia Intrapartidaria del “sol azteca”, pero no lograría algún fin práctico, por lo que, en plenitud de jurisdicción, el tribunal determinó el sobreseimiento de la queja primigenia presentada por Mariela Escamilla.