Invalidan licencia para Amieva Gálvez

-Al menos seis regidores promovieron el expediente TEEH-JDC-051-2023, contra el  decreto número 546 del 13 de julio de 2023

MIXQUIAHUALA 

Rosa Gabriela Porter Velázquez

El Tribunal Electoral del Estado (TEEH) dejó sin efectos el decreto del Congreso local que otorgó licencia por tiempo indefinido al presidente municipal de Mixquiahuala, José Ramón Amieva Gálvez, debido a que vulneró el debido proceso y entonces corresponde a los regidores del citado ayuntamiento reponer estas diligencias conforme lo establecido en la Ley Orgánica Municipal y la Constitución Política hidalguense.

Al menos seis regidores de la citada alcaldía promovieron el expediente TEEH-JDC-051-2023, contra el decreto número 546 del 13 de julio de 2023, por el que la mayoría de los diputados aprobó el dictamen emitido por la Primera Comisión Permanente de Gobernación, con motivo de los asuntos registrados en el libro de gobierno con los números 110/2023, 111/2023 y 115/2023, respecto a la licencia por tiempo indefinido de Amieva Gálvez.

Los asambleístas argumentaron que el Poder Legislativo violentó su ejercicio libre del cargo al no poder emitir su opinión respecto al otorgamiento del citado permiso del entonces alcalde, como lo refiere el artículo 64 de la Ley Orgánica Municipal y el artículo 141 fracción tercera de la Constitución Política hidalguense.

Dichas disposiciones señalan que el ayuntamiento concederá licencia hasta por 30 días, si es por un periodo mayor, conocerá de ella y resolverá el Congreso local, escuchando previamente la opinión de la asamblea municipal.

La ponencia de la magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, mencionó que las pruebas exhiben dos oficios formalizados ante el Poder Legialativo, uno de los promoventes y el correlativo por otros integrantes del ayuntamiento, pero ninguno lo tomaron en consideración para otorgar la licencia hacia el entonces alcalde.

Además, conforme los artículos 14 y 16 de la Constitución Política federal, el decreto 546 no se apegó al debido proceso y atentó los derechos políticoelectorales de los regidores como puntualizan la Constitución hidalguense y la Ley Orgánica Municipal.

En cuanto a que el cabildo tenía que autorizar una licencia por 30 días y luego el Congreso validar una posterior, el tribunal lo calificó como infundado porque la petición oficial de Amieva Gálvez era separarse del encargo por tiempo indefinido, lo cual es distinto a lo que indican los supuestos de ley.

“La ponencia propone dejar sin efectos el decreto 546 del 13 de julio emitido por el Congreso Libre y Soberano de Hidalgo, a fin de que sea repuesto el procedimiento establecido en la Ley Orgánica Municipal y la Constitución Política del Estado restituyendo así los derechos vulnerados de los hoy actores”.

Finalmente, en el juicio, TEEH-JDC-044-2023, ordenaron la reincorporación de Marco González Trejo como regidor propietario en Tasquillo, notificar todos los acuerdos y asuntos resueltos en sesiones del cabildo, igualmente reponer todas las dietas y percepciones, desde el 31 de enero del 2022 a la fecha de la sentencia.