Faltó mayor análisis de derecho comparado para eliminar consejos municipales

GARCÍA REYES  El punto general de la reforma en cuanto a la desaparición de los consejos electorales municipales es un asunto que se está revisando, sobre todo en el tema de presupuesto, estamos en la construcción del presupuesto y la revisión de los enlaces municipales que establece la propia reforma, a partir de este análisis que se esté llevando a cabo en estos días, se tendrá también el análisis integral de cómo vamos a operar con la reforma electoral

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Aunque ya delinean el anteproyecto de presupuesto para el 2024 en donde ajustarán el impacto de la reciente reforma electoral que eliminó 84 órganos desconcentrados municipales, el consejero, Christian Uziel García Reyes, opinó que faltó mayor análisis de las leyes de otras entidades y reconocer el verdadero contexto de Hidalgo.

Respecto a la conformación de los órganos desconcentrados, el Poder Legislativo modificó y derogó varios artículos del Código Electoral que quitan los 84 consejos municipales, encargados de diversas actividades como registrar candidaturas en las demarcaciones, recibir material electoral y los paquetes el día de la jornada, realizar cómputos o posibles recuentos, entrega de constancias de mayoría, etcétera, por lo que todas estas tareas las asumirán los 18 consejos distritales.

“El punto general de la reforma en cuanto a la desaparición de los consejos electorales municipales es un asunto que se está revisando, sobre todo en el tema de presupuesto, estamos en la construcción del presupuesto y la revisión de los enlaces municipales que establece la propia reforma, a partir de este análisis que se esté llevando a cabo en estos días, se tendrá también el análisis integral de cómo vamos a operar con la reforma electoral”.

Otras permutas destacan la creación de la figura de enlaces, los cuales nombrará el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) y no excederá del número de municipios que integra la jurisdicción; sin embargo, prescinde de los coordinadores que apoyaban a la totalidad de órganos desconcentrados.

También señala que en caso de distritos locales que compartan secciones de un mismo municipio, el Consejo General determinará el procedimiento a seguir para los cómputos; además, los 18 consejos distritales ya no estarán conformados por tres consejeros propietarios y tres suplentes, ahora serán cinco propietarios y cinco suplentes.

El consejero García Reyes recordó que el modelo Instituto Nacional Electoral (INE) – Organismos Públicos Locales Electoral (OPLE) funciona desde el 2014, no sólo con alternancias en los gobiernos o cargos populares, también en la coordinación de actividades de organización, desarrollo y seguimiento de las contiendas.

“Como punto de vista particular y lo mencioné en distintas reuniones, me parece que la reforma debió considerar un análisis de las 32 entidades federativas, no únicamente las cuatro que menciona la iniciativa que se aprobó, sino las 32, porque el modelo INE-OPLE ha dado estabilidad en los últimos años del 2014 al 2023, estabilidad se ha visto reflejada en mayor número de alternancias y con este modelo que tenemos en la gran mayoría, en 28 entidades si operan con consejos electorales distritales, de hecho hay otro modelo en donde no tienen consejos distritales, otros estados donde los consejos que son cabeceras municipales llevan la elección distrital”.

Cabe recordar que la iniciativa del gobernador, Julio Menchaca Salazar, argumenta el derecho comparado con otras entidades en las que carecen de consejos municipales, sin embargo, no detalla que en la mayoría son más distritos que ayuntamientos.

En Guerrero son 28 distritos uninominales y 81 municipios; Tabasco cuenta con 17 demarcaciones y 21 jurisdicciones; Ciudad de México con 16 alcaldías y 33 distritos, mientras que, Baja California con siete municipios y 17 distritos.

“Dice el profesor Dieter Nohlen que el contexto hace la diferencia, entonces, estos cuatro estados que tomaron como referencia tienen particularidades, por ejemplo, la CDMX tiene presupuesto mucho mayor, sus órganos son de carácter permanente, aquí son de carácter temporal, en el caso de Baja California tiene menor número de municipios y un mayor número de distritos, Hidalgo pues tiene su complejidad porque son 84 ayuntamientos y 18 distritos electorales”.

Pese a esta situación, García Reyes sostuvo que el órgano electoral adecuará sus diligencias conforme la normativa vigente, pero habrá temas que generarán suspicacia o dudas como los cómputos o posibles recuentos.

“El órgano electoral tendrá que adecuarse a lo que se ha legislado, pero sí he referido que en el caso de los distritos que tienen mayor número de municipios, 11, 10, 9, como Zacualtipán, será una cuestión de hacer una revisión por la magnitud de cargos que se van a elegir y únicamente pues con cinco consejerías propietarias y cinco suplentes, el tema de los cómputos va a ser fundamental cuando lleven 11 o 10 elecciones”.