Ajustan criterios de postulación a diputados federales y senadores

-En dos distritos de Hidalgo forzosamente partidos políticos y coaliciones postularán a personas indígenas

-Se especifica que el 16 de enero difundirán los plazos específicos para registros de las candidaturas

ELECCIONES 2024

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Luego de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ajustó los criterios para el registro de candidaturas del proceso 2023-2024, ahora serán 54 curules en la Cámara de Diputados para las diversas acciones afirmativas, entre ellas 25 distritos federales para indígenas, dos de Hidalgo, así como nueve escaños al Senado de la República, cinco hacia perfiles autóctonos.

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la sentencia SUP-JDC-338/2203, ordenó cambios en los criterios aplicables para el registro de candidaturas a distintos cargos de elección popular que soliciten partidos políticos y, en su caso, coaliciones, en el proceso 2023-2024, específicamente para garantizar el principio de paridad de género e incluir grupos vulnerables.

En el nuevo acuerdo, INE/CG625/2023, especifica que el 16 de enero difundirán los plazos específicos para registros de candidaturas, del 15 al 22 de febrero otorgarán las solicitudes de inscripción con los formatos que expidió el INE, además de otros documentos como actas de nacimiento, constancia de residencia, certificado de nacionalidad, escrito de autoadscripción o que acrediten la pertenencia a un grupo en situación de discriminación.

Adicionalmente, los partidos deberán cerciorase de que las personas a postular no tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

También que no tengan resolución firme de una autoridad competente que les haya sancionado administrativamente por violencia política contra las mujeres en razón de género, en donde expresamente señale el impedimento para ser postulado por un cargo de elección popular; igualmente, verificar los padrones de deudores alimentarios.

Destaca que en la primera fórmula que integra la lista de candidaturas que presenten para cada entidad federativa, deberá ser de género distinto a la segunda; de la totalidad de las listas de candidaturas por estado, el 50 por ciento (%) serán hombres y 50% mujeres.

En el caso de senadurías por el principio de representación proporcional, la lista podrá encabezarse por cualquiera de los géneros; de diputaciones, aquellas encabezadas por hombres en el proceso 2020-2021 serán para mujeres y en donde hubo féminas, es posible que opten por varones o mixta.

Acciones afirmativas

Sobre la acción afirmativa para indígenas a diputados federales, será obligatoria la postulación de personas adscritas como autóctonas en 25 distritos con más del 60% de habitantes bajo esta denominación, entre ellos Huejutla e Ixmiquilpan.

Relativo a los listados de representación proporcional, en los casos de las circunscripciones tercera y cuarta, que a ésta última pertenece Hidalgo, nueve espacios serán para indígenas.

En cuanto a ciudadanos afromexicanos en las diputaciones federales otorgaron tres espacios de mayoría relativa y uno plurinominal; para personas con discapacidad, seis en distritos de mayoría y dos de representación proporcional; para la diversidad sexual, 2 y 1, respectivamente; finalmente, para migrantes, cinco en el listado “pluri”.

Correspondiente a las senadurías, inscribirán al menos cuatro fórmulas de candidaturas por el principio de mayoría relativa, integradas por personas que se autoadscriban como indígenas en alguna de las entidades siguientes: Campeche, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Yucatán.

En el listado plurinominal, cinco para indígenas, uno para afromexicanos, otro para discapacitados, uno más para diversidad sexual y otro para migrantes.