Erick Marte permanece en registro de sancionados por violencia política de género

SIN OPORTUNIDAD 

Corroboró Sala Regional Ciudad de México la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la cual confirmó la respuesta brindada por parte del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) hacia Erick Marte Rivera Villanueva, en cuanto a su permanencia en el registro de sancionados por violencia política por razón de género hasta el 17 de octubre del 2026, así como su eventual participación en elecciones.

En sesión pública, este 14 de diciembre, resolvieron el juicio ciudadano SCM-JDC-355/2023 en donde el exalcalde de Zimapán impugnó el fallo del órgano jurisdiccional local sobre su inclusión en el registro de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, tras un procedimiento especial sancionador que data del 2021 y que acreditó dichas conductas hacia una entonces regidora.

El exdiputado argumentó principalmente que el TEEH asumió el mismo criterio del IEEH para resolver el medio de impugnación local, entre otros agravios.

Al respecto, la ponencia de la magistrada, María Guadalupe Silva Rojas, declaró como inoperantes los señalamientos porque no controvierte de manera frontal las consideraciones que sustentaron la sentencia impugnada, únicamente reitera los planteamientos primigenios, por tanto, confirmaron la sentencia del TEEH.

“En efecto, para atender tales alegaciones el tribunal local sostuvo en esencia que la inscripción de la parte actora en el registro era una cuestión que había causado estado, lo que no se combate de manera frontal ante esta sala, máxime si se considera que dentro de las actuaciones del procedimiento mencionado existe constancia de que se le notificó la apertura y resolución del incidente respectivo”.

En otro momento de la sesión de Sala Ciudad de México, revocaron dos expedientes del Tribunal Electoral del Estado al extralimitarse en asuntos de carácter administrativo y desecharlos, cuando únicamente tenía que declarar su incompetencia para conocer a fondo y dejar a salvo los derechos de las respectivas partes actoras.

Así lo determinaron en el SCM-JDC-364/2023, que interpuso la síndica de Francisco I. Madero, Aida Olvera Percastegui y en SCM-JDC-354/2023, promovido por el síndico de Tasquillo, Emiliano Martín García. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)