Continúan registros de precandidatos en PRD

-Indican que método de selección será Consejo Estatal Electivo a celebrarse a más tardar el próximo 2 de marzo

Prevalece la fase de registros, subsanación de requisitos y selección de los precandidatos a diputados locales e integrantes de 84 ayuntamientos por parte del Partido de la Revolución Democrática (PRD), de acuerdo con la convocatoria el método de selección será Consejo Estatal Electivo a celebrarse a más tardar el 2 de marzo.

El edicto perredista abunda en que las precampañas para diputaciones locales son del 20 de enero al 17 de febrero, mientras que para alcaldías, del 5 al 17 de febrero.

Por tanto, las inscripciones para legisladores fueron del 10 al 14 de enero y de presidencias municipales, del 24 al 28 de enero ante el Órgano Técnico Electoral, con lapsos para subsanar documentos o requerimientos, de igual manera, la sesión del consejo electivo la contemplan el 2 de marzo.

La convocatoria del “sol azteca” enfatiza que cuando aprueben la conformación de una coalición, candidatura común, alianza o asociación electoral total o parcial suspenderán sin mediación o trámite alguno y de manera automática e inmediata el procedimiento de elección interna, cualquiera que sea el momento procesal en que se encuentre, quedando sin efecto legal y alcance jurídico los actos que hayan realizado.

Entre los requisitos para militantes y externos, además de las documentales legales y de elegibilidad, enumera que los aspirantes que deseen participar en el proceso de selección interna sólo podrán registrarse para la precandidatura a uno solo de cargo de elección, salvo en los casos establecidos en la normativa.

Respecto a una precandidatura o candidatura que representa una acción afirmativa, ambas personas, tanto la propietaria como la suplente, deberán contar obligatoriamente con la misma cualidad.

En caso de que los registros en las precandidaturas o para la postulación de las candidaturas no permitan el cumplimiento de la paridad de género horizontal o vertical, la participación de las comunidades indígenas, personas con discapacidad y jóvenes de entre 21 y 35 años, la Dirección Nacional Ejecutiva realizará los ajustes necesarios.

De no existir registro, con fundamento en la fracción XVI del artículo 39 del estatuto del PRD, dicha ausencia será superada mediante designación a cargo de la Dirección Nacional Ejecutiva.

También, no haber sido condenada o condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género; mediante sentencia ejecutoriada, por delito de acoso sexual o abuso sexual y/o delitos de violencia en razón de género o violencia familiar; tampoco ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien tramite el descuento correspondiente.

Finalmente, presentar las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales y de interés ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH). (Rosa Gabriela Porter Velázquez)