Van con la designación de consejerías distritales

– Tribunal Electoral del Estado consideró que no hubo anomalías en las diferentes etapas y las ratificó; pasos 

EXPEDIENTES

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Luego de que algunos ciudadanos impugnaron el nombramiento de consejeros distritales por parte del Instituto Estatal Electoral (IEEH) al señalar presuntas irregularidades en el proceso de selección y reclutamiento, el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) consideró que no hubo anomalías en las diferentes etapas y ratificó tales designaciones.

En los expedientes, TEEH-JDC-001-2024 y su acumulado TEEH-JDC-002-2024, ciudadanos controvirtieron el acuerdo IEEH/CG/089/2023 en el que aprobaron los nombramientos de consejeros propietarios y suplentes de los 18 órganos desconcentrados, principalmente por una tentativa falta de justificación, fundamentación y motivación al no difundirse ni tampoco notificar personalmente los resultados de la valoración integral de los participantes.

Presunta falta de congruencia entre las calificaciones obtenidas en la fase de exámenes de conocimiento con otros aspectos a valorar como currículum o entrevista; asimismo, que los consejeros no observaron los principios de imparcialidad, equidad y legalidad.

En la ponencia de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez, declaró como infundados e inoperantes los argumentos, primeramente, porque divulgaron el pasado 4 de enero las calificaciones de los exámenes de conocimientos tal y como lo establecían los lineamientos para selección y designación de consejerías distritales.

Asimismo, que en el referido reglamento nunca mencionan que la calificación obtenida en los exámenes era determinante, ya que existen otros rubros para considerar en la apreciación final para conformar a los consejeros; en tanto que no controvirtió oportunamente el sistema de evaluación de competencias.

De igual forma, la sentencia enfatiza que el IEEH acató su facultad discrecional para garantizar la inclusión de personas de grupos históricamente vulnerados como jóvenes, discapacitados o de la diversidad sexual.

En lo relativo a la falta de notificación de manera personal de los resultados de entrevistas y valoración curricular, el tribunal recordó que los lineamientos del instituto especifican que publicarán ello en redes sociales, su página de internet y estrados físicos, por tanto, corroboraron el acuerdo de nombramientos de consejerías distritales.

Por otro lado, durante la sesión pública, los jueces electorales revocaron un acuerdo del IEEH que desechó el expediente IEEH/SE/PES/014/2023, tras clasificarlo como procedimiento especial sancionador y no de tipo ordinario.

El Partido Acción Nacional (PAN) interpuso el recurso de apelación TEEH-RAP-PAN-013-2023 pues el citado documento atentó los principios de objetividad, legalidad, exhaustividad y congruencia, ya que no observaron que los actos denunciados ocurrieron entre el 18 de octubre al 7 de noviembre, previo al inicio oficial del proceso electoral, entonces ordenaron una nueva valoración del asunto con base en el contexto de los hechos y temporalidad.