Sin efecto, las nuevas reglas de postulación
-Establecían 27 municipios reservados para mujere
ESCALAS
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Quedaron sin efectos las nuevas reglas de postulación que emitió el Instituto Estatal Electoral (IEEH) en el acuerdo 004, que acataba la sentencia inicial del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la cual incrementó las acciones afirmativas para jóvenes a cargos de diputados locales y determinó 27 municipios exclusivos para mujeres; tras el fallo de Sala Regional Ciudad de México la situación jurídica cambió en los medios de impugnación.
En sesión pública del órgano jurisdiccional hidalguense, resolvieron juicios ciudadanos y recursos de apelación promovidos por 22 personas, así como los Partidos Acción Nacional (PAN), del Trabajo (PT), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC), Nueva Alianza Hidalgo (PNAH) y Morena, que interpusieron contra el acuerdo IEEH/CG/004/2024 el cual acató la sentencia del expediente TEEHJDC-086/2023 y acumulados, del pasado 2 de enero.
Con base en la sentencia del TEEH, el Consejo General del IEEH ajustó las reglas de postulación e incrementó de 20 a 27 municipios donde será obligatorio postular mujeres; aumentó la acción afirmativa para menores de 30 años a diputados locales a fin de que sean postulados tanto de mayoría relativa como de representación proporcional.
También incrementó de 4 a 12 municipios donde inscribirán fórmulas para personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, intersexuales, queer y más (LGBTIQ+); mientras que, para ciudadanos con alguna discapacidad una fórmula en cualquier lugar de la planilla por el principio de mayoría relativa en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, es decir 70 de los 84 ayuntamientos y dos fórmulas completas en las 14 demarcaciones con más de 50 mil pobladores.
Inconformes, más de una veintena de ciudadanos y los partidos promovieron medios de impugnación ante el tribunal local que resolvieron este 19 de febrero, en los expedientes TEEH-JDC-006-2024 y sus acumulados TEEH-JDC-009-2024, TEEH-JDC-013-2024, TEEH-JDC-015-2024, TEEH-JDC-017-2024, TEEH-JDC-018-2024, TEEH-JDC-019-2024, TEEH-JDC-020-2024, TEEH-JDC-021-2024, TEEH-RAP-001-2024, TEEH-RAP-002-2024, TEEH-RAP-003-2024, TEEH-RAP-004-2024 y TEEH-RAP-005-2024.
Al respecto, los magistrados hidalguenses desecharon el asunto al estimarlo improcedente porque quedó sin materia por un cambio de situación jurídica, tras lo dictado por Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la sentencia SCM-JDC-7/2024 y acumulados.
“Aunado a que Sala Regional instruyó al IEEH la emisión de un nuevo acuerdo bajo los ejes y acciones que detallan en el expediente SCM-JDC-7/2024 y acumulados, es de concluirse que el acuerdo IEEH/CG/004/2023, acto reclamado de las presentes impugnaciones, cesó sus efectos, por lo que deja sin materia los presentes medios de impugnación”, refiere la ponencia de la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga.
Sala Regional Ciudad de México modificó parcialmente la sentencia local, en el entendido de que el IEEH determinará nuevo acuerdo en el que la acción afirmativa de jóvenes en diputaciones quede en los términos anteriores, es decir, solo una fórmula ya sea de mayoría o plurinominal.
Asimismo, de la acción afirmativa de género, que emita un nuevo acuerdo en donde, con un refuerzo de fundamentación y motivación, se determinen los municipios que reservarán para mujeres, tomando en cuenta aquellos ayuntamientos que no han sido gobernados por mujeres desde 1947.
Finalmente, deberá mantenerse intocado el resto de la resolución del tribunal local.