Comité de análisis para postulaciones de personas con discapacidad; IEEH

– Selección será acorde con los lineamientos establecidos por la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud, así como lo previsto en la legislación de la materia

DEFINEN A LOS INTEGRANTES

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Aprobó el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) a los integrantes del comité de análisis de las postulaciones de personas con discapacidad para los comicios 2023-2024, mismo que coadyuvará para determinar si los eventuales candidatos acatan los requisitos de las reglas inclusivas, mediante una opinión y con elementos acordes al modelo social.

El artículo 13 del Código Electoral señala que, para las elecciones de ayuntamientos, partidos políticos y candidaturas independientes deberán postular una fórmula completa para personas con discapacidad en cualquier lugar de la planilla por el principio de mayoría relativa en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, y dos en demarcaciones de más de 50 mil pobladores.

Asimismo, el artículo 207, fracción V del Código Electoral establece la obligación de garantizar en al menos una de las doce fórmulas a diputaciones por el principio de representación a personas con discapacidad y de la diversidad sexual y de género.

La postulación de personas con discapacidad será acorde con los lineamientos establecidos por la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud, así como lo previsto en la legislación de la materia, por lo que integrarán un comité para esas valoraciones, con la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDHEH) y miembros de la sociedad civil organizada, quienes en conjunto emitirán su opinión por cada postulación, a fin de contar con elementos acordes al modelo social de discapacidad.

Quienes integran al comité son: la Dirección Ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana del IEEH, de la CDHEH, Pascual Mendoza Miguel, titular de la Visitaduría Jurídica Adjunta Metropolitana; Ana Laura López Tapia, de la Visitaduría Adjunta, Adscrita a la Visitaduría Jurídica Adjunta Metropolitana y Oscar Chargoy Rodríguez, de Análisis, Contexto y Defensa de Derechos Humanos.

Por parte de las organizaciones: Fundación Brazos Firmes A.C., Asociación Down Hidalguense A.C., Centro de Educación Especial Creciendo Juntos A.C., Asociación Integral de Asistencia a los Trastornos del Especto Autista, A.C. Craniosinostosis México A.C. y Milka Amor Constante A.C.

Las reglas inclusivas de postulación del IEEH precisan que para la determinación de la discapacidad, los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes presentarán para el registro de personas con discapacidad, un certificado médico por cada integrante de la fórmula, mismo que, en todos los casos deberá ser expedido por una institución de salud pública o profesional especializado de la condición tratante, donde consten la determinación médica de la existencia de una discapacidad permanente y el tipo de la misma.

Esto acorde a los lineamientos establecidos por la “Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud”, lo cual revisará el IEEH con la opinión del referido comité.