Presidenta del IEEH tiene que responder solicitudes
MARCA TEEH
Ordenó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que la presidenta del Instituto Estatal Electoral (IEEH), María Magdalena González Escalona, responda diversas solicitudes de petición e información que requirieron las consejeras, Ariadna González Morales y Miriam Saray Pacheco Martínez, asimismo, remitieron las denuncias al Instituto Nacional Electoral (INE) por presunto acoso laboral, violaciones a los principios de profesionalismo, independencia, legalidad e imparcialidad, entre otras.
Las consejeras señalaron a la presidenta de diversas conductas presuntamente irregulares, como las omisiones de adoptar medidas eficientes para garantizar un ambiente propicio para la ponderación, discusión colegiada, reflexión y toma conjunta de decisiones; de garantizar principios de profesionalismo, independencia, autonomía y ejercicio horizontal de la función electoral, no compartir información e invitaciones realizadas al INE.
Tardanza en el cumplimiento de acuerdos entre consejerías, violación al principio de profesionalismo en la función electoral, obstaculización para ejercer el cargo de funciones como presidentas de sus respectivas comisiones; violaciones a los principios de independencia, legalidad, imparcialidad; desdén para contestar solicitudes de información; celebrar convenios de manera unilateral, designación de encargados en la Dirección Ejecutiva de Derechos Políticoelectorales Indígenas y del Centro de Estudios para la Democracia.
En el caso específico de la consejera Pacheco Martínez acusó a la presidenta de violencia política por razón de género, negativa arbitraria para el uso de recursos inherentes al cargo que ostenta y excluirla de la aprobación de la convocatoria para la estructura técnico-administrativa de los 18 consejos distritales.
Adicionalmente, Graciela García del Ángel, promovió el TEEH-JDC-030/2023 por la designación del encargado de despacho en la Dirección Ejecutiva de Derechos Políticoelectorales Indígenas.
Tras acumular los tres juicios, el magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, desechó el JDC030 porque el mencionado nombramiento no vulneró los derechos políticoelectorales de la ciudadanía autóctona, Graciela García.
Respecto a los agravios expuestos por las consejeras en este tópico, no los acreditaron debido a que el procedimiento de designación de encargadurías fue corroborado por la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del INE el 28 de julio del 2023 y, aunque la presidenta los formalizó hasta el 28 de diciembre, es apegado al Reglamento de Elecciones.
También consideraron infundados lo relacionado a firmar convenios de manera unilateral pues no inconformaron los acuerdos dentro del plazo legal, tampoco procedió lo relacionado a la violencia política por razón de género debido a que no detectaron elementos suficientes.
Sin embargo, el tribunal corroboró la omisión de responder solicitudes de información y petición, en el caso de Ariadna González, la presidenta desdeñó 13 requerimientos y de Pacheco Martínez al menos 20, por lo que mandataron otorgar contestaciones.
Finalmente, el TEEH declaró su incompetencia para analizar de fondo el resto de las infracciones cometidas por Magdalena González Escalona, por lo que las reencauzaron al INE, particularmente la tentativa falta de medidas eficientes para garantizar un ambiente propicio para la ponderación, discusión colegiada y toma conjunta de decisiones, omisión de garantizar principios de profesionalismo, independencia, autonomía, ejercicio horizontal de la función electoral, no compartir información o invitaciones, dilación en cumplimiento de acuerdos entre consejerías, violación a los principios de profesionalismo en la función electoral, obstaculización para ejercer el cargo, acoso laboral e inequidad. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)