Invalidan elecciones de delegados

PACHUCA E IXMIQUILPAN

Anuló el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la elección de delegados de algunas colonias y barrios en Pachuca e Ixmiquilpan derivado de omisiones e irregularidades cometidas por los ayuntamientos responsables, de igual manera en sesión pública descartaron juicios por presuntos actos anticipados de precampaña y/o campaña.

Más de 30 juicios ciudadanos arribaron al órgano jurisdiccional hidalguense para denunciar supuestos actos u omisiones cometidas por la asamblea municipal de Pachuca y la comisión especial de participación ciudadana del ayuntamiento capitalino durante el proceso de renovación de delegados y subdelegados, irregularidades en la convocatoria, negativa de registros de aspirantes, incumplimiento a los lineamientos o resultados del mismo.

Pese a que la mayoría de los asuntos el TEEH los desechó porque los presentaron de manera extemporánea, específicamente en seis de ellos advirtieron violaciones a los derechos fundamentales de participación política y derecho a la igualdad, motivos suficientes para anular la elección de autoridades auxiliares.

Relativo a los juicios, TEEH-JDC-044-2024, así como los 45, 49, 50, 53 y 55 estimaron fundados los agravios relativos a que en la convocatoria publicada en la gaceta municipal no respetaron el principio de paridad de género.

“Esta ponencia considera que en el contenido de la convocatoria y sus lineamientos no está definido el criterio de paridad horizontal, o en su caso vertical, exigible al momento de la negativa de aprobar el registro de planilla de las accionantes, lo cual generó incertidumbre en los ciudadanos interesados en participar y que además no expresaron un análisis del marco normativo que regula las actividades de los delegados y subdelegados de forma correcta al desechar las planillas de las promoventes”, refirió la ponencia de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez

Para restituir el derecho de ser votado, el tribunal revocó las resoluciones de la comisión especial de participación ciudadana de la presidencia, por lo que dejó sin efectos los procesos electivos y los nombramientos de delegados en las colonias Doctores, el Tezontle, La Loma, Piracantos y Barrio Lucero, entonces, emitirán nueva convocatoria para realizar otra contienda en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

En las denuncias también señalaron conductas tentativas a violencia política por razón de género, pero el TEEH no encontró elementos que ajustaran a los parámetros fijados por Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aunque dieron vista a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) para que determine lo que corresponda.

Por otro lado, en el TEEH-JDC-035-2024, señalaron la elección de delegado en el barrio San Antonio, perteneciente a Ixmiquilpan, pues aparentemente no difundieron eficazmente la convocatoria para renovar autoridades auxiliares.

La sentencia del magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, calificó como fundados los señalamientos porque no divulgaron adecuadamente el edicto, mismo que no precisó datos del lugar, día y hora para celebrar la contienda, lo cual atentó a los principios constitucionales de certeza, legalidad, universalidad, igualdad del sufragio y autenticidad de la elección, por ello ordenaron a la alcaldía mencionada a publicar otra convocatoria.

En otro momento de la sesión, resolvieron dos procedimientos especiales sancionadores ante posibles actos anticipados de precampaña y/o campaña, sin embargo, el TEEH declaró la inexistencia de estos delitos, en el TEEH-PES-007-2024 contra publicaciones en la red social Facebook por parte del aspirante por Morena a la alcaldía de Tepeapulco, José Rubén Sánchez Delgadillo; así como del TEEH-PES-012-2024 por conductas de Benjamín Rico Moreno. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)