Ordenan al IEEH no imponer cargas adicionales a los grupos vulnerables
Ante centenar de impugnaciones contra las negativas o reservas en registros de candidaturas municipales, por mayoría de magistrados, emitieron un criterio para no generar discriminación.
TEEH
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Confirmó el presidente del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, que son más de 100 juicios que formalizaron partidos políticos y ciudadanos contra los acuerdos de registros de planillas, recientemente en sesión pública, por mayoría de votos de los magistrados, emitieron un criterio para que el Instituto Estatal Electoral (IEEH) no imponga cargas adicionales a grupos vulnerables que generen actos de discriminación.
En sesión pública de este 5 de mayo, resolvieron juicios ciudadanos que presentaron algunos candidatos independientes y de fuerzas políticas a quienes les rechazaron o reservaron sus inscripciones porque el Consejo General del IEEH consideró que incumplieron con algunos de los requisitos o documentales para acreditar ciertas acciones afirmativas.
Respecto a los asuntos TEEH-JDC-131/2024 y TEEH-JDC-177-2024 promovidos por Román Adalberto Juárez López, candidato independiente a alcalde que denunció los acuerdos del IEEH en cuanto a su falta de perspectiva intercultural, además de defender la autonomía y autogobierno en observancia de los principios generales de igualdad, y no discriminación, autoidentificación, maximización de la autonomía, acceso a la justicia, protección especial a sus territorios y recursos naturales, participación, consulta y consentimiento, sin embargo, el pleno estimó sus argumentos como inoperantes, genéricos, imprecisos, dogmáticos, subjetivos e ineficaces.
Específicamente de los expedientes 157, 175 y 232 revocó los acuerdos del IEEH para que realice una adecuada valoración de los documentales presentados para no vulnerar o restringir indebidamente el derecho político de los promoventes, por lo que cedieron un plazo no mayor a las 48 horas para otorgar la procedencia a María de Jesús García Hernández, Sonia Medrano López y Daniela Estefanía Vargas Peña en los cargos a los que fueron postuladas.
Además de requerir mayor información a la planilla de Pedro Canales Vega y analizar las sustituciones presentadas por la planilla de Noé Paredes Meza, aspirante autónomo por Tula de Allende.
En cuanto al juicio, TEEH-JDC-176-2024, Onécimo Pérez Lara refutaron el acuerdo IEEH/CG/076/2024, respecto a las matriculaciones que efectuó el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Jaltocán y las cuales aparentemente no acreditaron la adscripción indígena y la calidad de discapacitados, de la revisión de las pruebas el órgano jurisdiccional validó las constancias.
Por tanto, ordenó al IEEH que en un lapso no mayor a las 48 horas registre a Onécimo Pérez y Valentín Bautista Hernández.
En todas estas sentencias, los magistrados, Leodegario Hernández y la jueza por ministerio de ley, Lilibet García Martínez, incluyeron un párrafo para vincular al IEEH a efecto de que con posterioridad, en asuntos que guarden similitud, realice un análisis integral y circunstancial de las constancias que agregan a los formatos individuales de solicitud de registro, a fin de respetar la auto adscripción que realizan las personas; cuando exista dudas sobre ello, verifique que este se encuentre libre de vicios sin imponer cargas adicionales o desproporcionadas y sin generar actos de discriminación.
La magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, votó en contra de dicho apartado con base en el principio de relatividad de las sentencias, pues adujo que los efectos de los fallos solo trascienden a los casos concretos y no de forma genérica.
Por su parte, el presidente apuntó el criterio es orientador para el IEEH, con base en el contexto local, en el cual hasta ahora arribaron más de un centenar de impugnaciones y esta situación requiere sensibilidad.
“Son 16 días en los cuales estas personas pues solicitaron su registro y esos registros no han sido concedidos, estamos resolviendo en los casos que están expuestos sobre acciones afirmativas, creo yo que debemos de tener sensibilidad en este sentido porque se refieren a personas que argumentan pertenecer a un grupo históricamente vulnerado como el de los indígenas y también de las personas con discapacidad”.