Anulan casillas en Mineral de la Reforma; confirman el resultado

-Igualmente, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo ratificó los resultados en Huichapan y Tianguistengo tras resolver impugnaciones pendientes

JORNADA ELECTORAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Aunque el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) determinó la anulación de dos casillas en Mineral de la Reforma, no hubo cambios sustanciales en los resultados y ratificó el otorgamiento de la constancia de mayoría a la planilla de Morena y Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), asimismo, también corroboró la declaración de validez en Huichapan y Tianguistengo.

En el TEEH-JDC-252-2024, solicitaron la nulidad de más de 120 mesas directivas, ante posibles anomalías como recepción de votos por personas no autorizadas o de secciones electorales diferentes, instalación de casillas en lugares distintos al valido, errores en los paquetes, entre otros.

La ponencia de la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, declaró como infundados lo relativo a 14 casillas por indebida integración de mesas directivas; en 70 no acreditaron que eran personas distintas a las facultadas; en 28 no presentaron pruebas de presunta injerencia de servidores públicos y en una descartaron que la instalaron en lugar diverso.

Asimismo, los promoventes incumplieron con la carga probatoria para vincular la tentativa compra de votos y no acreditaron la determinancia por la diferencia entre el primero y segundo lugar.

Únicamente en dos mesas directivas detectaron que eran funcionarios no pertenecientes a sección electoral diferente, por lo que invalidaron esas casillas y tras modificar los resultados del cómputo municipal, no impactó en las posiciones obtenidas, es decir prevalece la mayoría para Morena y PNAH.

Respecto al juicio TEEH-JDC-267-2024, interpuesto el candidato independiente a la presidencia municipal de Huichapan, René Asef Silahua Abirrached, denunció una afectación en la equidad ante el corto tiempo que realizó campaña, derivado de cierta cadena impugnativa, sin embargo, el tribunal sostuvo que ejerció su derecho a ser votado.

Tampoco procedió la intención de anular dos casillas, pues calificaron de inoperantes los agravios y entonces confirmaron la entrega de constancia de mayoría a la planilla de “Seguiremos haciendo historia” en Huichapan.

En el TEEH-JDC-258-2024, controvirtieron la elegibilidad de Febronio Rodríguez Villegas para ocupar el cargo de presidente municipal de Tianguistengo, al no separarse de su cargo adscrito a la supervisión escolar; la ponencia de la magistrada, Rosa Amparo Martínez, reiteró que el artículo 128 fracción quinta de la Constitución local establece que para ser integrante del ayuntamiento requiere no desempeñar cargo, comisión del gobierno federal estatal o municipal en la circunscripción del municipio, a menos que se separen cuando menos con 60 días naturales de anticipación al día de la elección, ello a excepción de los docentes.

De las pruebas, advierten que la actividad de Rodríguez Villegas encuadró en dicha excepción, ya que su participación es dentro del ámbito de la docencia, como maestro de grupo de primaria, por lo que puede ocupar la alcaldía de Tianguistengo.