Alcaldía de Pachuca inobservó principio de definitividad: TEEH

Tras anular nombramientos de delegados en las colonias Real Toledo y Santa Gertrudis más de 30 días después que terminó el proceso electivo

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Determinó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que la Comisión de Justicia de la Comisión Especial de Participación Ciudadana del ayuntamiento de Pachuca vulneró el principio de definitividad tras anular nombramientos de delegados en las colonias Real Toledo y Santa Gertrudis más de 30 días después que terminó el proceso electivo.

Luego de que celebraron el proceso de renovación de delegados y subdelegados de varios barrios y fraccionamientos de la capital hidalguense, tras las diferentes etapas, el pasado 25 de marzo tomaron posesión nuevas autoridades auxiliares municipales.

Sin embargo, la Comisión de Justicia apenas el 14 de mayo resolvió recursos de queja contra la elegibilidad de planillas, utilización de plataforma, colores y slogan, en los cuales dejó sin efecto los nombramientos otorgados en las citadas colonias.

En el TEEH-JDC-263-2024, Francisco Javier Hernández y Fany Carely Pascual Pérez denunciaron la elección de Anselmo Téllez Téllez y Erika Aldana Hernández en la localidad de Santa Gertrudis, al dirimir el recurso de inconformidad ante la Comisión Especial de Participación Ciudadana estimaron como procedente la invalidez de sus encargos.

Pero el tribunal encontró que resolvieron el asunto 36 días después de la rendición de protesta, lo que vulneró el principio de definitividad.

Respecto al TEEH-JDC-272-2024, María Elena Silva Martínez y María Soledad Martínez Herrera señalaron las postulaciones de Noel Ramírez Edgar y María del Carmen Mendoza García por los mencionados agravios.

Tras la jornada de selección, Ramírez y Mendoza obtuvieron la mayoría, así como las respectivas designaciones, pero en la resolución del 14 de mayo de la Comisión de Justicia de la Comisión Especial de Participación Ciudadana pachuqueña CJ/CEPC/06/2024, anularon esos nombramientos.

Por ello controvirtieron la inobservancia a los principios de definitividad, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad al emitir sentencia hasta 35 días posteriores a concluir las fases del procedimiento electivo.

En ambos casos, las ponencias de los magistrados coincidieron en que es aplicable el principio de definitividad para la renovación de autoridades auxiliares municipales, pues todos los medios de impugnación deben resolverse antes de la fecha en que los funcionarios electos asuman el cargo, de otra forma afectaría gravemente la certeza y seguridad jurídica.

Por ello, corroboraron los nombramientos de delegados en Santa Gertrudis para Anselmo Téllez Téllez y Erika Aldana Hernández, así como en Real Toledo para Noel Ramírez Edgar y María del Carmen Mendoza.