Incrementó el padrón de proveedores en dos años

Eran 7 mil 629 registrados, ahora el del ejercicio fiscal 2024 aumentó a 8 mil 882 nuevas inscripciones

PODER EJECUTIVO

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Pese a la revisión constante que realiza la Secretaría de Contraloría al padrón de proveedores y contratistas de la administración pública del estado, además de las recientes bajas y cancelaciones en los últimos meses, al comparar los registros del 2022 que eran 7 mil 629 registrados, ahora el del ejercicio fiscal 2024 aumentó a 8 mil 882 nuevas inscripciones.

El padrón del Poder Ejecutivo en el último mes del 2022 registró mil 746 contratistas y para agosto de este año pasó a 2 mil 077; mientras que, de 5 mil 883 proveedores hace dos años, ahora son 6 mil 805.

La Secretaría de Contraloría prevalece con visitas físicas en domicilios fiscales de proveedores, con el objetivo de verificar la existencia de los establecimientos, así como la veracidad de las especialidades autorizadas y accesibilidad al público en general.

A la fecha son 268 registros cancelados, mientras que del casi centenar de personas morales y/o físicas que dieron de baja por un periodo de cinco años, desde el 5 de septiembre del 2022 hasta agosto del 2024, fueron principalmente por irregularidades o incumplir los requisitos legales; de igual forma, más de 500 proveedurías fueron suspendidas del padrón.

La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público menciona causales para suspender o cancelar inscripciones, como que la información que proporcionó resultó falsa o haya actuado con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación para la adjudicación del contrato, en su celebración o en su cumplimiento, que incumplan en sus términos con algún contrato por causas imputables a él y perjudique con ello gravemente los intereses de los convocantes afectados.

Igualmente, que incurra en prácticas u omisiones que lesionen el interés general o los del estado; que no reúna los requisitos para su registro; que se declare su quiebra fraudulenta; haya aceptado o firmado contratos en contravención a lo establecido por la normativa, por causas que le fuesen imputables; etcétera.

Asimismo, vigilan lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Hidalgo, que la información que hubiera proporcionado para la inscripción o revalidación resulte falsa o hayan actuado con dolo o mala fe en un concurso, contratación, subasta o ejecución de obra pública o servicio relacionado con la misma; uso inadecuado de los anticipos y pagos recibidos de la contratante.

Se declare su quiebra fraudulenta; realice obra pública o servicios relacionados con ésta, sin suscribir el contrato respectivo o no se hayan otorgado las fianzas de ley y resolución administrativa por la que declare la rescisión administrativa del contrato.