Confirman elegibilidad de Pérez Escamilla

Mantienen los resultados de elecciones de presidentes municipales en San Felipe Orizatlán, Tizayuca, Ixmiquilpan, Nicolás Flores, Ajacuba, Jacala de Ledezma y Xochiatipan, luego de que Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió diversos medios de impugnación.

En los juicios SCM-JDC-2125/2024 y SCM-JRC-151/2024 objetaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) en la que confirmó la declaración de validez en San Felipe Orizatlán, así como la elegibilidad de Carlos César Pérez Escamilla como alcalde electo debido a que lo sancionaron con la inhabilitación para ocupar algún cargo, empleo o comisión en el servicio público, tras un procedimiento administrativo en el ámbito municipal.

Los magistrados regionales coincidieron en que la citada resolución de inhabilitación no era susceptible de afectar la elegibilidad del presidente municipal electo.

Por otro lado, en el SCM-JRC-148/2024, el Revolucionario Institucional (PRI) controvirtió el veredicto del tribunal estatal que validó la contienda en Tizayuca, principalmente por discrepancias en los datos y corrimientos irregulares de funcionarios de casillas, pero el pleno refirió que el partido tenía que especificar las mesas directivas con esta situación y que el resto de las alusiones eran genéricas e imprecisas.

Del expediente, SCM-JRC-171/2024, puntualizaron que las sentencias del TEEH relativas a la contienda en Ixmiquilpan fueron exhaustivas y otorgaron el valor probatorio como indicios a las pruebas técnicas ofrecidas de presuntos actos de presión en el electorado, pues a los inconformes les compete vincular otros elementos para reforzar su valor.

En otro caso, correspondiente a la elección en Ajacuba, declararon como infundados los agravios en cuanto a incorrecta valoración y falta de estudio en las evidencias sobre la presunta asistencia de una candidata a eventos del día del maestro, organizados aparentemente por la alcaldía, señaló el expediente SCM-JDC-2157/2024.

De los agravios en los fallos locales en cuanto a la declaración de validez en Jacala de Ledezma, en el juicio SCM-JRC-147/2024, descartaron lo relativo a funcionarios de casillas que supuestamente no formaban parte de la sección, indebido corrimiento de ciudadanos que ocuparon un cargo en la mesa directiva y que el tribunal local no recabó más pruebas y tampoco analizó otras infracciones como vulneración a la veda.

Relativo a la contienda en Nicolás Flores, en el recurso SCM-JRC-166/2024 estimaron como infundada la carencia de exhaustividad y congruencia para descartar la nulidad por atentar al principio de laicidad debido a la supuesta participación del pastor de una iglesia en un evento, pues no comprobaron la intervención de un ministro de culto en la campaña.

Asimismo, coincidieron en que el tribunal local no tenía obligación de desplegar diligencias para acreditar la intervención o apoyo de servidores públicos en actos proselitistas y durante la veda, porque corresponde la carga demostrativa a la parte promovente.

Finalmente, en el asunto SCM-JRC-169/2024, ratificaron el triunfo de Acción Nacional (PAN) en Xochiatipan porque desestimaron los planteamientos sobre indebida integración de funcionarios de casillas y rebase en tope de gastos de campaña. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)