TEEH reitera que 19 ciudadanos no incurrieron en reelección

– Al menos 28 personas recurrieron al tribunal para controvertir el acuerdo del Instituto Estatal Electoral que distribuyó sindicaturas y regidurías de representación proporcional en 44 municipios

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Rosa Gabriela Porter Velázquez

Revocó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH) que determinó la inelegibilidad por reelección de 19 ciudadanos para fungir como regidores de representación proporcional, los magistrados reiteraron su criterio que, cuando un funcionario pretenda postularse para un encargo diverso, aún y cuando forma parte del mismo órgano, no podrá considerarse elección consecutiva. 

Al menos 28 ciudadanos recurrieron al tribunal para controvertir el acuerdo del IEEH que distribuyó sindicaturas y regidurías de representación proporcional en 44 municipios, específicamente la negativa de formar parte del cabildo ante una posible reelección.

Por ello denunciaron indebida motivación de la actualización del principio de no reelección al haber fungido como regidores en el periodo anterior, violación a sus derechos políticoelectorales y la privación de su derecho a formar parte de los asuntos políticos del país en condiciones de igualdad, pese cumplir los requisitos que establece la ley.

Los jueces hidalguenses reiteraron que habrá reelección o posibilidad de ésta cuando un ciudadano, que habiendo desempeñado un cargo determinado se postule de manera consecutiva para el mismo, no obstante, aquellos casos en que el funcionario pretenda encargo diverso, aún y cuando forma parte del mismo órgano, no podrá considerarse como reelección, ya que funcionalmente no estaría ejerciendo similares atribuciones.

“En conclusión, las personas que asumen funciones por elección indirecta o por nombramiento de alguna autoridad no pueden ser consideradas en el supuesto de la elección consecutiva, dado que su origen no proviene del voto ciudadano”.

Por ello, ordenaron al Consejo General del IEEH que en un plazo de tres días, a partir de la notificación, emita nuevo acuerdo, dejando intocadas las partes que no fueron controvertidas y anule la inelegibilidad de los siguientes ciudadanos y les otorgue las respectivas constancias de representación proporcional: Mario Cruz Trejo de Mixquiahuala; Petra María Eugenia Hernández Chávez y Johny Neri Álvarez por Atitalaquia; de Tizayuca, Mariana Lara Morán; Edith Marlen Zapote por Cardonal; Nelly Maribel López y Blanca Luz Cabrera Soto de Singuilucan.

Juliana Ortiz Trejo de Huichapan; Jahir García Reyes de Mineral de la Reforma; Valentín Zapata Pérez del municipio de Juárez Hidalgo; Humberto Chávez Zamora por Zapotlán; Guillermo Pérez Pérez de Acatlán; Hugo Guzmán García por Agua Blanca; Francisco Javier Ramos Alonso y Octavio Magaña Soto de Tula de Allende; María Estrella Chávez Moran correspondiente a Tecozautla; Gilberto Olvera Alonso de Tepeji del Río, Armando Monter Reyes en Actopan y Silverio Danahé Pérez Pérez por Atotonilco de Tula.