Tribunal local corrobora redistribución de financiamiento para partidos locales

CIERRE 2024

Confirmó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la redistribución de financiamiento público durante los últimos meses del 2024 para los nuevos partidos locales, Espacio Hidalgo y Encuentro Solidario Hidalgo, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) en el acuerdo IEEH/CG/247/2024.

En la sentencia TEEH-RAP-035/2024, los magistrados insistieron en que el artículo 51, numeral 2, de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) establece que para el financiamiento hacia cúpulas de reciente creación otorgarán el 2 por ciento (%) del monto total que corresponde a las agrupaciones locales para sostenimiento de actividades ordinarias.

Asimismo, que era incorrecto que IEEH realizara nuevas estimaciones con la inclusión de dos nuevos partidos, cuando en 2023 calcularon las prerrogativas a las cúpulas locales para el ejercicio fiscal 2024 y sólo existía Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), de igual manera invalidaron la distribución para actividades específicas.

El IEEH acató tal sentencia y para cada partido local calculó 532 mil 886.88 pesos correspondiente al periodo de julio a diciembre del 2024, igualmente, una cifra de 101 mil 248.51 pesos, respectivamente para capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres y de jóvenes; para la protección y aseguramiento pleno del ejercicio de los derechos humanos de personas con discapacidad, y para adiestramiento respecto de la perspectiva intercultural jurídica y los derechos políticoelectorales de indígenas y afromexicanas.

Por tanto, Espacio Hidalgo y Encuentro Solidario Hidalgo inconformaron ese acuerdo ante el TEEH, mediante recursos de apelación, TEEH-RAP-040-2024 y TEEH-RAP-041-2024, por agravios en el método del cálculo de financiamiento y cifras resultantes, además de vulneraciones a los principios constitucionales de legalidad, certeza, objetividad y equidad en la contienda.

La ponencia de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez, declaró inoperantes los señalamientos porque el acuerdo del IEEH es en cumplimiento de una sentencia del tribunal electoral y no es viable emitir un veredicto que revoque sus propias determinaciones.

De igual manera, calificaron como inoperante lo relacionado a la ampliación presupuestal requerida por el instituto para cubrir el financiamiento de los partidos locales de reciente creación, pues en el mencionado documento controvertido a la Secretaría de Hacienda pidieron un monto extraordinario de un millón 865 mil 656.81 pesos.

Por otro lado, en el juicio, TEEH-JDC-388-2024 y acumulados, regidores de Mineral del Monte impugnaron la aprobación para que el presidente municipal suscriba contratos y convenios sin consultar al cabildo, el tribunal ordenó a modificar el punto cuarto del acta de asamblea extraordinaria de fecha 27 de septiembre, a efecto de que todos estos documentos sean puestos a consideración a los integrantes del ayuntamiento para su validación de forma colegiada. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)