Alcaldes no quieren consultar a síndicos y regidores

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En más de una decena de presidencias municipales que recientemente asumieron el cargo hubo asambleístas que denunciaron ante el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) a los alcaldes por autorizar la celebración de contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales, sobre asuntos de interés público, sin consultar a los integrantes del cabildo. 

Como dato relevante, el pasado 19 de agosto del 2024 publicaron en el Periódico Oficial del Estado (POEH) el decreto 1123 que reformó diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para que sólo requiera la mayoría de votos de los integrantes del cabildo el aprobar la celebración de actos o convenios que comprometan a la alcaldía por un plazo mayor al periodo del ayuntamiento y para el caso de que el gobierno estatal asuma una función o servicio.

Es decir, suprimieron la mayoría calificada, o bien, lo relativo a que sean necesarias dos terceras partes de los asambleístas para validar el presupuesto anual, para el proceso de selección del titular del Órgano Interno de Control (OIC), así como cualquier otro acuerdo que ponga a consideración el presidente municipal.

A partir de ello, algunos de los nuevos alcaldes que rindieron protesta el pasado 5 de septiembre aprovecharon esta reforma para que les autorizaran la suscripción de contratos con particulares o instituciones públicas, sin someterlo a la valoración de todos los síndicos y regidores, estos casos fueron Tlaxcoapan, Tezontepec de Aldama, Lolotla, Nopala de Villagrán, Santiago de Anaya, Tepeji del Río, Tlahuelilpan, Huejutla de Reyes, Mineral del Monte, Progreso de Obregón, San Salvador y Tlanchinol.

En la mayoría de los juicios presentados, el tribunal electoral ordenó a los respectivos presidentes municipales que modifiquen tales acuerdos, ya que dicha autorización no traduce al hecho de que esos instrumentos puedan celebrarse sin el derecho previo con el que cuentan los integrantes del cabildo de conocer, analizar y en su caso, aprobar cada uno de los contratos o convenios.

Además, los magistrados insisten que ello limita el derecho de los regidores y síndicos a desempeñar su cargo, pues les restringe la posibilidad de ejercer las funciones de control y vigilancia.

De igual manera, hay asambleístas que señalaron otras irregularidades cometidas por sus respectivos ediles, como no convocarlos a sesiones, no integrarlos en las comisiones municipales, desdeñar la entrega de solicitudes de información, no otorgar la documentación para aprobar leyes de ingresos, anomalías en el proceso de selección y designación del Órgano Interno de Control, estos fueron en Progreso de Obregón, Tula de Allende, Zacualtipán, Cardonal, Tianguistengo y Mineral de la Reforma. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)