Sin efecto, la donación de un predio para UPP
USOS
Debido a que detectaron la utilización de un predio donado para un fin distinto para el cual fue destinado originalmente, la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo revocó diversos decretos publicados en los años 2007 y 2008 que otorgaban una fracción, ubicado en la carretera México-Venta Prieta, en Pachuca de Soto, a favor de la Universidad Politécnica de Pachuca (UPP) para la construcción del polideportivo “La Plata”.
En el Periódico Oficial del Estado (POEH) dieron a conocer tal determinación, en la que dejaron sin efecto los decretos de fechas 12 de marzo y 24 de diciembre de 2007, así como 28 de enero, 21 de abril y 1 de septiembre de 2008, relativos al destino de una fracción del predio identificado como presa de jales norte, ubicado en la carretera México – Venta Prieta, en la capital hidalguense.
La superficie inicialmente de 75 mil 952.99 metros cuadrados la otorgaron mediante decreto del 12 de marzo del 2007 para la construcción del multideportivo “La Plata”, perteneciente a la UPP, con la especificación que el bien inmueble no podía ser enajenado a terceros, así como tampoco trasmitirse su uso o aprovechamiento.
Cabe mencionar que en la edición del 24 de diciembre del 2007 modificaron las medidas y colindancias para quedar en 69 mil 992.47 metros cuadrados, además de mantener aplicables las demás obligaciones y condiciones; en cuanto a las publicaciones de 2008, únicamente fueron fe de erratas de redacción.
Ahora bien, en los oficios número OM/DGPI/0380/2024 y OM/DGPI/0489/2024, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor solicitó al rector de la UPP que informara las condiciones del predio y sostuvo que concedió a un tercero el uso de una superficie del inmueble para un establecimiento mercantil.
Ello confirmó un uso distinto al aprobado en el decreto de destino, sus modificaciones y respectiva fe de erratas, sin previa autorización, por lo que con base en los artículos 35 y 36 de la Ley de Bienes del Estado de Hidalgo, los destinatarios deberán entregarlo con todas sus mejoras y accesiones a la dependencia competente que trata el artículo 8 del mismo ordenamiento, es decir, a la Oficialía Mayor. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)