Revocan acuerdo de financiamiento para partidos políticos durante 2025

-Los recursos de apelación TEEH-RAP-043-2024, TEEH-RAP-044/2024 y TEEH-RAP-047-2024 todos bajo la ponencia de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez

TEEH

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Invalidó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH) que determinó el financiamiento público que recibirán los partidos políticos para sostenimiento de actividades ordinarias y específicas en el ejercicio 2025, de acuerdo con los magistrados, hubo irregularidades en la metodología aplicada para la distribución de los recursos.

Los recursos de apelación TEEH-RAP-043-2024, TEEH-RAP-044/2024 y TEEH-RAP-047-2024 todos bajo la ponencia de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez, fueron promovidos por Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), Partido de la Revolución Democrática Hidalgo (PRDH), así como Espacio Hidalgo (PEH).

El “sol azteca” y “turquesas” señalaron que fue indebida la inclusión de partidos de nueva creación en la distribución del 30 por ciento (%) del financiamiento público para cúpulas locales, lo cual vulneró el principio de proporcionalidad, al respecto los jueces calificaron como fundado el agravio porque la normativa estima que ese porcentaje lo dividirán únicamente entre fuerzas políticas locales con registro y que participaron en la última elección para renovar el Congreso local.

Por su parte, Espacio Hidalgo alegó que les correspondía acceder tanto a la bolsa destinada para partidos nacionales como locales, pero el tribunal reiteró que la legislación enfatiza la separación entre los criterios de distribución de prerrogativas hacia las fuerzas políticas con acreditación federal y estatal.

De ahí que el TEEH revocó el acuerdo IEEH/CG/280/2024 para que el instituto realice otro cálculo de la distribución del 30% de financiamiento, en el que considere exclusivamente a los partidos políticos con registro local que participaron en los comicios anteriores.

Cabe recordar que para definir el financiamiento a partidos locales, multiplican el 65% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por el padrón, dicha cantidad la dividen el 30% de manera igualitaria y 70% con base en la votación obtenida; para las fuerzas políticas de reciente creación, al no tener antecedente electoral, les otorgan el 2% del total de financiamiento público para actividades ordinarias.

En otro momento de la sesión, también resolvieron los recursos de apelación que interpusieron Espacio Hidalgo y Encuentro Solidario Hidalgo (PESH) contra el cumplimiento por parte del Consejo General del IEEH de la sentencia SCM-JRC-240/2024, relacionada a los montos que otorgarán a estos partidos de julio a diciembre del 2024.

De los expedientes, TEEH-RAP-045-2024 y TEEH-RAP-046-2024, a cargo de la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, indicó que el contenido del acuerdo no establece claramente las cantidades, ni las operaciones aritméticas que utilizó el instituto para obtener los montos que fijó en cuanto al financiamiento de las actividades ordinarias, lo cual provocó falta de certeza e incertidumbre.

El veredicto aclaró que los agravios expuestos por los citados partidos carecen de coherencia, sin embargo, en suplencia de la deficiencia de la queja advirtió que el Consejo General del IEEH acató conforme los parámetros de Sala Regional Ciudad de México, pero no desarrolló el procedimiento, ni detalló las operaciones aritméticas para obtener las cifras, de ahí la deficiente motivación, por tanto ordenaron otro ajuste que cumpla con las diferentes disposiciones.