Determinan límites para rentas y prestación de servicios durante 2023

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Como parte de las medidas de austeridad y transparencia que ordenó el gobernador, Julio Menchaca Salazar, para el Poder Ejecutivo, delimitaron los montos para las rentas, adquisición o prestación de servicios durante el año 2023.

La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo establece los diferentes mecanismos o procedimientos para obtener estos insumos, ya sea por adjudicación directa, invitación a cuando menos tres personas físicas o morales, así como la emisión de una licitación pública.

El presupuesto de egresos para el siguiente año puntualiza que las dependencias y entidades se abstendrán de formalizar, modificar contratos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, cuando no hubiere saldo disponible en la partida presupuestal.

Asimismo, los montos máximos o mínimos para las diversas modalidades de adjudicación no incluyen el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Por lo que, para rentas, adquirir o prestación de servicios definieron una cifra mínima de 1 peso, máxima 64 mil 200 pesos para adjudicaciones directas; de 64 mil 201 a 181 mil 900 pesos respecto a invitación a cuando menos tres personas, en tanto que licitaciones públicas de 181 mil 900 pesos en adelante.

Relativo a los montos para obras públicas y servicios, adjudicación directa mínima de 1 peso hasta un millón 244 mil 32 pesos; invitación a cuando menos tres personas, de un millón 244 mil 33 a 2 millones 363 mil 660 pesos; y licitaciones públicas, de 2 millones 363 mil 661 pesos en adelante.

Además, la normativa estatal indica que, para la ejecución de los proyectos, obras y acciones de inversión pública, serán bajo las modalidades de: contrato, administración directa o convenios con las autoridades municipales, organizaciones del sector social y con las comunidades beneficiadas.

En las obras por administración directa cubrirán los gastos relativos a mano de obra, materiales de construcción, arrendamiento de maquinaria, equipo y combustible.

Las erogaciones de obra serán conforme al avance en su ejecución física, así como el calendario de radicaciones de recursos federales cuando así sea el caso, las dependencias y entidades se abstendrán de formalizar o modificar contratos de obra pública y prestación de servicios relacionados con la misma, sin la aprobación de la Secretaría de Finanzas Públicas y la Contraloría.