Coordinación con municipios para cobro de multas
ESCALAS Secretaría de Finanzas Públicas concretó convenios de colaboración con los municipios de Apan, Acaxochitlán, Cardonal, Chilcuautla, Huehuetla y Pacula para que la Dirección General de Recaudación adscrita a la Subsecretaría de Ingresos concentre, registre y turne a los citados ayuntamientos las multas administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas y morales
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Formalizó la Secretaría de Finanzas Públicas convenios de colaboración con los municipios de Apan, Acaxochitlán, Cardonal, Chilcuautla, Huehuetla y Pacula para que la Dirección General de Recaudación adscrita a la Subsecretaría de Ingresos concentre, registre y turne a los citados ayuntamientos las multas administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas y morales, con ello cobrar las citadas puniciones de manera voluntaria o coactivamente.
En el Periódico Oficial del Estado (POEH) difundieron tales acuerdos de colaboración administrativa en materia fiscal con los susodichos municipios, a fin de coordinarse en cuestión de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas o morales, domiciliados dentro de la circunscripción territorial.
Las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales las efectuarán las entidades federativas y, en su caso, los ayuntamientos, con la finalidad de incrementar ingresos municipales, abatir costos de administración, así como mayor oportunidad y eficacia en las acciones para lograr el efecto de una sanción pecuniaria.
Estas penas derivan de violaciones a leyes específicas, destinadas a un fin específico, cuando la misma normativa en la que se fundamenta la autoridad administrativa para la emisión, establece puntualmente hacía que concepto o rubro destinarán la recaudación total o parcial del adeudo.
Dichos convenios que firmó la dependencia estatal obligan a las seis presidencias municipales mencionadas a requerir el pago de multas administrativas federales no fiscales; determinar sus correspondientes accesorios y recaudar dichos conceptos; practicar el embargo precautorio; el aseguramiento de bienes o negociaciones en los casos que proceda; rematar los bienes embargados; efectuar la devolución de cantidades pagadas indebidamente.
Igualmente, autorizar pago de multas de manera diferida o en parcialidades, declarar prescripción de los castigos monetarios con base en lo que establece el Código Fiscal de la Federación, respecto a la incosteabilidad por insolvencia del deudor; entre otras que señala el aludido marco jurídico.
Por las actividades que lleven a cabo los municipios, obtendrán un incentivo del 90 por ciento (%) de lo recaudado; si hubo pagos espontáneos o voluntarios, toca al estado el 98% y 2% a las demarcaciones; igualmente, informarán a la Secretaría de Finanzas los montos cobrados hasta cinco días antes de terminar cada mes; además en 60 días, brindará comparativos de cartera pendiente de cobro de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales.
Estos reportes también incluirán expedientes en proceso, autorizaciones o pago diferidos o en parcialidades otorgadas, declaraciones de prescripción de créditos fiscales y sobre cancelación de los mismos por incosteabilidad o insolvencia del deudor o de los responsables solidarios.
De haber omisión por parte de las alcaldías, tendrá dos meses para cobrar las multas y una vez transcurridos 90 días sin actividad alguna, el gobierno estatal solicitará la devolución de expedientes e iniciará con las recaudaciones, en esos casos corresponderá a la oficialía el 98% y el 2% restante a la federación.
Los citados convenios tienen vigencia del 9 de enero de 2023 al 4 de septiembre de 2024; el Gobierno Hidalguense finalizará el mismo con motivo de la ejecución y cobro, en caso de que los municipios no enteren en tiempo y forma la recaudación.