Siguen inconformidades en el PRI

Militantes hidalguenses impugnaron resoluciones del órgano de justicia partidista, descartaron irregularidades en el proceso interno de selección del Octavo Consejo Político Nacional.

Impugnaron militantes hidalguenses del Partido Revolucionario Institucional (PRI) resoluciones de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria “tricolor”, que declararon como infundados los medios de impugnación relacionados al proceso de selección para integrar el Octavo Consejo Político Nacional.

Al menos 13 juicios electorales formalizaron una decena de priistas de la entidad ante Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para controvertir veredictos del órgano de justicia partidista, los cuales descartaron irregularidades que denunciaron desde el año pasado en las diferentes etapas para la conformación del Octavo Consejo Político Nacional del periodo 2022-2025.

Primeramente, están los asuntos que promovieron contra los expedientes CNJP-JDP-HID-056/2022 y su acumulado CNJP-JDP-HID-057/2022, que declararon inoperantes los señalamientos de Gabriela Candelaria Martínez y Esteban Fernández Romero contra la Comisión Nacional de Procesos Internos, tras los cambios en los integrantes del órgano auxiliar que coadyuvó en la preparación, conducción y validación del proceso interno ordinario electivo del Octavo Consejo Político Nacional para el periodo estatutario 2022-2025.

El 28 de octubre del 2022, el referido órgano nacional dio a conocer a quienes formarían parte del órgano auxiliar hidalguense, presidenta, Dora Elba Jiménez Lazcano, secretario técnico, José Gonzalo Badillo Ortiz: vocales a Adrián Santacruz López, Miguel Nieto Palomares, Marta Pacheco Yáñez, María Victoria Soto Ortega, así como Gabriela Candelaria y Esteban Fernández.

Horas después y sin notificación preliminar, la citada comisión modificó la instancia de apoyo y nombraron a seis personas: presidenta, Victoria Eugenia Méndez Márquez; Mayka Ortega Eguiluz y vocales, Cecilia Pérez Barranco, Juan Francisco Mendoza Guerrero, Jaime Costeira Cruz y Héctor Fragoso Ortiz.

Por ello, Candelaria interpuso el SUP-JE-1075/2023 y Fernández el SUP-JE-1076/2023 ante Sala Superior.

Luego, en estrados electrónicos exhiben los recursos jurídicos de dirigentes de comités municipales, alcaldes y diputados locales priistas, ya que la Comisión Nacional de Procesos Internos no los incluyó en la conformación del Consejo Político Nacional. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)

El 6 de noviembre seleccionaron a la fórmula de alcaldes integrada por Sergio Baños Rubio de Pachuca, como propietario y Alejandro Dionicio Velasco de Molango, suplente; asimismo, dirigentes de comités municipales, Eligio Figueroa Chávez de Chapantongo y Eloan Méndez Reyes, Huazalingo; en cuanto a diputados locales, Alejandro Enciso Arellano y Juan de Dios Pontigo Loyola.

Entonces, recurrieron a Sala Superior en el SUP-JE-1068/2023 de Figueroa y SUP-JE-1069/2023 de Méndez; en cuanto a los ediles, Alejandro Dionicio en el SUP-JE-1070/2023 y Baños en el SUP-JE-1071/2023; respecto a los legisladores, SUP-JE-1077/2023 de Enciso y SUP-JE-1078/2023 de Pontigo; también aparecen los SUP-JE-1079/2023 de las diputadas, Marcia Torres González y el SUP-JE-1080/2023 de Rocío Sosa Jiménez.

Finalmente, tres juicios de Roberto Rico Ruiz en los que acusa violaciones graves en todo el mencionado proceso interno, además de refutar la improcedencia del registro de la planilla roja.

El órgano auxiliar negó la planilla presentada por Omar Fayad Meneses, Roberto Rico, Sayonara Vargas Rodríguez, Paola Jazmín Domínguez Olmedo, Cristhian Ruiz del Valle, Mario Muñiz Alonso, Michelle Calderón Ramírez, Aranza Abigail Paz Pérez, Georgina Cruz Hernández y Miriam Remedios Aguado Guerrero, ya que supuestamente no certificaron la constancia de estar al corriente del pago de cuotas hasta septiembre del 2022, tampoco acreditaron militancia mínima de cinco años e incumplieron disposiciones de la convocatoria.

Por ello, Rico Ruiz impugnó los fallos de instancias priistas, en el SUP-JE-1072/2023, el expediente CNJP-JDP-HID-064/2022 que declaró infundado el medio de impugnación promovido contra la instalación y toma de protesta del Octavo Consejo Político Nacional, los acuerdos del 19 de noviembre, así como de las sesiones ordinarias de 24 de mayo y 3 de octubre todas del 2022.

Del SUP-JE-1073/2023, contra la sentencia CNJP-RI-HID-055/2022 y acumulado por la determinación del órgano auxiliar de la Comisión Nacional de Procesos Internos de rechazar el listado rojo; finalmente, el juicio electoral, SUP-JE-1074/2023, para anular el expediente, CNJP-RI-HID-058/2022, que declaró la procedencia de la planilla blanca.