Batean impugnaciones de priistas hidalguenses

-Ratifican la imposibilidad de ocupar consejerías nacionales a la planilla roja que encabezaba el exgobernador, Omar Fayad

SALA SUPERIOR

 Rosa Gabriela Porter Velázquez

Correcta la decisión de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Revolucionario Institucional (PRI) de confirmar la exclusión de militantes hidalguenses que no cumplieron con los requisitos de la convocatoria para integrar el Octavo Consejo Político Nacional para el periodo 2022-2025, por lo que Sala Superior ratificó la negativa de registro a diputados locales, alcaldes, presidentes de comités municipales y la planilla roja del exgobernador, Omar Fayad Meneses.

En sesión pública, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió nueve juicios electorales que interpusieron adeptos priistas contra resoluciones del órgano de justicia, mismo que descartó sus quejas que señalaron presuntas irregularidades en el proceso interno de selección de consejerías nacionales, específicamente de Hidalgo.

Por un lado, los medios de impugnación de los aspirantes a consejeros nacionales que ocupan un cargo partidista o de elección popular; cabe recordar que los adeptos del estado seleccionaron a la fórmula de alcaldes integrada por Sergio Baños Rubio de Pachuca y Alejandro Dionicio Velasco de Molango; dirigentes de comités municipales, Eligio Figueroa Chávez de Chapantongo y Eloan Méndez Reyes, Huazalingo; finalmente, diputados locales, Alejandro Enciso Arellano y Juan de Dios Pontigo Loyola.

Los magistrados establecieron en los juicios 1070 y 1071, promovidos por los presidentes municipales, que era adecuada la decisión de la Comisión Nacional de Procesos Internos de no validar el proceso electivo, pues al garantizar el derecho de audiencia, verificaron que los actores no acreditaron constancias de afiliación ni pago de cuotas.

Mismo criterio aplicaron en los asuntos de los diputados locales, SUP-JE-1077/2023 de Alejandro Enciso Arellano; SUP-JE-1078/2023, interpuesto por Juan de Dios Pontigo; SUP-JE-1079/2023 de Marcia Torres González y SUP-JE-1080/2023 de Rocío Sosa Jiménez.

En los expedientes SUP-JE-1068/2023 y SUP-JE- 1069/2023, de Eligio Figueroa y Eloan Méndez, respectivamente, el pleno recalcó que inicialmente el Comité Directivo Estatal autorizó las inscripciones bajo el argumento de que acataron requerimientos estatutarios, sin embargo, la Comisión Nacional de Procesos Internos finalmente rechazó el acuerdo de validez.

Inconformes, señalaron que los requisitos de la convocatoria eran desproporcionados y excesivos, que vulneraron la garantía de audiencia y dejaron sin representación a Hidalgo, no obstante, Sala Superior recalcó que consintieron el edicto que emitieron desde el año pasado.

Por otro lado, el recurso que formalizó Roberto Rico Ruiz por la determinación del órgano auxiliar al negar la planilla presentada por Omar Fayad, Sayonara Vargas, Paola Domínguez Olmedo, Cristhian Ruiz del Valle, Mario Muñiz Alonso, Michelle Calderón Ramírez, Aranza Abigail Paz Pérez, Georgina Cruz Hernández y Miriam Aguado Guerrero, quienes supuestamente no certificaron la constancia de estar al corriente del pago de cuotas hasta septiembre del 2022, tampoco acreditaron militancia mínima de cinco años e incumplieron disposiciones de la convocatoria.

En dicho juicio electoral 1073, Sala Superior calificó como improcedente la pretensión Rico Ruiz, pues surtió la inviabilidad de concretar los efectos jurídicos pretendidos.