Anula SCJN pagos por búsqueda de información

-Invalida la Corte Nacional las disposiciones aprobadas por el Congreso de Hidalgo respecto de leyes de ingresos municipales para el ejercicio 2023

REVÉS

Rosa Gabriela Porter Velázquez 

Invalidó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) disposiciones aprobadas por el Congreso de Hidalgo en leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal 2023 que contemplaban pagos de derechos por servicios de certificaciones, expedición de copias certificadas y por concepto de búsqueda de información, ya que violentaban el principio de proporcionalidad tributaria.

En la acción de inconstitucionalidad 54/2023, el Poder Ejecutivo federal, a través de la Consejería Jurídica demandó la nulidad de leyes de ingresos correspondiente a los ejercicios fiscales 2023 de 71 municipios, principalmente por la inclusión de cobros por certificaciones de documentos de actos o hechos jurídicos o civiles, por lo que también señalaron al Congreso hidalguense.

Recientemente, el Pleno analizó diversas impugnaciones formuladas por el Gobierno Federal y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra normativas de los estados de Morelos, Quintana Roo e Hidalgo tras violentar el principio de proporcionalidad tributaria al establecer pagos por la búsqueda de información.

La corte coincidió que exigir tarifas para brindar los servicios de certificaciones, legalizaciones y expedición de copias certificadas conforme lo dispuesto por el artículo 110 al 102 de la Ley de Hacienda para los Municipios, específicamente para la búsqueda de archivos de antecedentes por periodo anual o fracción, documento o fecha, es un vicio de inconstitucionalidad.

Ello es así porque la búsqueda de documentos no requiere el uso de recursos extraordinarios, al resultar suficiente que el funcionario encargado la realice como parte de sus propias actividades.

Por tanto, la SCJN invalidó los citados preceptos en las leyes de ingresos municipales de Hidalgo y Morelos, así como del municipio de Bacalar en Quintana Roo.

Asimismo, en el caso de las leyes de Morelos e Hidalgo, al tratarse de disposiciones de vigencia anual, conminó a sus Congresos para que, en lo futuro, se abstengan de emitir normas con el mismo vicio de inconstitucionalidad.