Ordena TEEH dar trámite a queja contra Hilda Miranda
-Acusan a la aspirante, a diputada local, por presuntas violaciones a los principios constitucionales de equidad en la contienda y neutralidad
MINERAL DE LA REFORMA
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Ordenó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que el Instituto Estatal Electoral (IEEH) admita y de trámite a la denuncia que interpusieron contra la regidora con licencia de Mineral de la Reforma y aspirante a diputada local por Morena, Hilda Miranda Miranda, ante presuntas violaciones a los principios constitucionales de equidad en la contienda y neutralidad.
En el juicio electoral TEEH-JE-002-2024, Brenda Vargas Sánchez, impugnó el acuerdo de desechamiento del procedimiento especial sancionador, emitido por la secretaría ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, bajo el número de expediente IEEH/SE/PES/002/2024, en el cual señalaron a la regidora propietaria, al partido Morena por culpa in vigilando, al no procurar el actuar de su militante y eventual candidata, así como quien resulte responsable.
Vargas Sánchez enumeró diversos agravios como la presunta comisión de actos que podrían constituir propaganda personalizada y violación a los principios constitucionales de equidad en la contienda, neutralidad, libre formación de preferencias electorales, así como la posibilidad de obtener una ventaja indebida por parte de Miranda.
Sin embargo, el IEEH desechó el escrito por considerar que no aportó elementos mínimos para realizar una investigación y por ello recurrió al TEEH ante una tentativa falta de fundamentación y motivación, también presuntas omisiones por parte de la autoridad para ejercer las facultades de indagatoria.
En la ponencia del magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, calificaron los agravios como fundados y suficientes para revocar el acuerdo porque del caudal probatorio advierten diversa propaganda que no analizó en totalidad el IEEH.
“La autoridad responsable únicamente desecha el procedimiento especial sancionador al centrarse sobre la existencia de un presupuesto denunciado, dejando pasar por alto el resto del material denunciado, de ahí que la responsable no fundamentó ni motivó dicho actuar, es decir, el por qué solo se iba abocar en una sola prueba y no a las demás pruebas denunciadas, en consecuencia, la ponencia propone revocar el acuerdo de desechamiento”.
Entonces, mandataron al instituto para que, en el ámbito de su competencia y en caso de no detectar causales de improcedencia, admita y de trámite de manera inmediata a la denuncia presentada en contra de la regidora con licencia, Hilda Miranda.
Por otro lado, en el juicio ciudadano, TEEH-JDC-029-2024, Román Adalberto Juárez López y otros aspirantes a candidatos independientes indígenas, controvirtieron la improcedencia que determinó el IEEH de las manifestaciones de intención, al respecto sobreseyeron parcialmente las demandas Álvaro Antonio Ávila López, Ana Lilia Vega Villa, Salvador Ballesteros Baños, Inocencio Cruz Rosales y Adrián Ordaz Arriaga por presentarse fuera de los plazos, ya que las demandas iniciales carecían de firma, fue hasta los días 15 y 16 de febrero cuando presentaron escritos de apersonamiento.
Sobre la denuncia de Román Adalberto Juárez López, estimaron inoperantes los agravios porque únicamente realizó afirmaciones genéricas, sin señalar de manera clara la violación que le causa, por lo que el TEEH confirmó el acuerdo del IEEH IEEH/CG 019/2024.