Descartan acciones indebidas del Ejecutivo en las elecciones
–AL MOMENTO. Sin vistas en Congreso local por posibles violaciones al 134 constitucional; ni por conductas cometidas por el gobernador o secretarios del gabinete
PODER LEGISLATIVO
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Descartó el Poder Legislativo que registre notificaciones o vistas por parte de institutos o tribunales electorales tanto locales como federales por conductas cometidas por el gobernador, Julio Menchaca Salazar o cualquiera de sus secretarios ante posibles vulneraciones a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad establecidos en el artículo 134 constitucional.
Los párrafos séptimo y octavo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen que los servidores públicos de la federación, las entidades federativas y municipios tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
Abunda que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Dicha legislación vigente desde el 2007 y que en el 2014 tuvo algunas modificaciones, todavía requiere un reglamento secundario que especifique cuales son las sanciones que impondrán los órganos electorales ante cualquier violación a los principios de neutralidad e imparcialidad por parte de servidores públicos.
Por tanto, cuando las autoridades electorales detectan este tipo de ilegalidad, únicamente tienen facultades de enterar o dar vista al superior jerárquico, como Órganos Internos de Control de las dependencias de los tres poderes o, en su caso, a los Congresos en las entidades para el caso de gobernadores.
Este diario cuestionó al Poder Legislativo de Hidalgo cuántas vistas recibió por parte de las Salas Regionales y/o Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Tribunal Electoral del Estado (TEEH), el Instituto Nacional Electoral (INE), el Instituto Estatal Electoral (IEEH), la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Hidalgo (FEDEH), así como la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FISEL), antes FEPADE, por conductas cometidas por el gobernador, Julio Menchaca y/o cualquiera de los secretarios de estado, relativos a violaciones a los principios de equidad, neutralidad, imparcialidad desde el 2022 hasta abril del 2024.
La Unidad de Transparencia del Congreso hidalguense informó que en ese periodo no recibieron ninguna vista contra el mandatario o sus secretarios de nivel 14.