Descartan promoción personalizada de Jorge Reyes

-Indica Tribunal Electoral del Estado que no existen indicios de que cuando ocupó la titularidad de la Subsecretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano también manifestara sus aspiraciones políticas

TEEH

Rosa Gabriela Porter Velázquez

El Tribunal Electoral del Estado (TEEH) determinó la inexistencia de promoción personalizada por parte del hoy candidato a la presidencia municipal de Pachuca por el partido Morena, Jorge Alberto Reyes Hernández, ya que no existen indicios de que cuando ocupó la titularidad de la Subsecretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano también manifestara sus aspiraciones políticas.

Fue con el procedimiento especial sancionador, TEEH-PES-008-2024, que Tonatiuh Herrera Gutiérrez, denunció al exfuncionario de la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (SIPDUS) por actos de propaganda gubernamental personalizada, las cuales vulneran lo establecido en el artículo 134 constitucional, principalmente al presuntamente utilizar programas, recursos y personal para promocionar su imagen.

De igual manera, que en redes sociales difundió mensajes sobre acciones gubernamentales al mismo tiempo que manifestó sus aspiraciones políticas, además de diversos eventos celebrados los días 25 y 29 de noviembre del 2023, así como 15 y 17 de enero del 2024.

En su defensa, el actual candidato a la alcaldía capitalina argumentó que todos estos actos sucedieron antes de que el partido lo designara candidato, por lo que fueron en el marco de las atribuciones como subsecretario estatal.

Además, en la ponencia del magistrado, Leodegario Hernández Cortez, descartó que en estas actividades a las que asistió Reyes Hernández difundiera mensajes sobre su pretensión a ocupar un cargo de elección popular, la intención de obtener el voto, de favorecer o perjudicar un partido político o candidato, inclusive en ningún momento alude al proceso electoral.

“Máxime que, aunque es posible identificar al denunciado en tales actos, ello es precisamente a causa de su carácter de servidor público y no como una persona que podría participar en el proceso electoral, por lo que no puede considerarse la existencia de un beneficio indebido para el denunciado”.

 Respecto, a las declaraciones sobre su participación en el proceso interno de selección de candidatos en Morena, el tribunal consideró que estaban amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión y que no mencionó el cargo público que en ese momento ejercía, ni aprecian el tentativo uso de recursos para promoverse.