Invalidan una amonestación contra Jorge Reyes

-Determinación de la Sala Regional Ciudad de México fue porque no configuraba la totalidad de los elementos para acreditar la promoción personalizada

SESIÓN PÚBLICA

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Revocó la Sala Regional Ciudad de México una de las amonestaciones públicas que impuso el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) al candidato electo de Morena a la presidencia municipal de Pachuca, Jorge Alberto Reyes Hernández, debido a que no configuraba la totalidad de los elementos para acreditar la promoción personalizada.

En sesión pública resolvieron el juicio electoral, SCM-JE-77/2024, promovido por el contendiente ganador contra el fallo del procedimiento especial sancionador TEEH-PES-008/2024, en el que determinaron la existencia de promoción personalizada y uso de recursos públicos, por lo que amonestaron al candidato y dieron vista al Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (SIPDUS) para que actúe en el ámbito de sus atribuciones.

A este asunto, acumularon el juicio electoral SCM-JE-83/2024, interpuesto por Tonatiuh Herrera Gutiérrez, quien denunció que el TEEH no corroboró los actos anticipados de campaña presuntamente cometidos por parte del exfuncionario estatal.

La ponencia del magistrado, Luis Enrique Rivero Carrera, estimó como sustancialmente fundados los agravios expuestos por Reyes Hernández ante la incongruencia en la valoración de los actos por parte del tribunal hidalguense, aunque analizó a detalle los actos y eventos denunciados, era contrario a derecho acreditar el elemento objetivo ante la falta de pruebas para comprobar de manera fehaciente el uso de recursos o promoción personalizada.

Por tanto, dejaron sin efectos la amonestación pública y la vista al OIC de la SIPDUS.

Respecto a la queja de Tonatiuh Herrera, calificaron como infundados sus motivos de inconformidad, porque Sala Ciudad de México consideró que el TEEH fue exhaustivo y congruente en el estudio del asunto, asimismo, es ineficaz la pretensión de que lo registren como candidato de Morena a la alcaldía pachuqueña, pues el objetivo del procedimiento especial sancionador no es propiamente restitutivo de derechos políticoelectorales.