Amonestan a Morena y excandidata de Lolotla

Por actos anticipados de campaña, vulneración al interés superior de la niñez y adolescencia en la propaganda; confirman resultados en Tizayuca y Jacala

TEEH

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Amonestó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) a Morena y la entonces candidata a presidenta municipal de Lolotla, Sury Saray Melo Hernández, por actos anticipados de campaña, vulneración al interés superior de la niñez y adolescencia en la propaganda; asimismo, los magistrados confirmaron los resultados de los comicios en las alcaldías de Tizayuca y Jacala de Ledezma.

En el procedimiento especial sancionador, TEEH-PES-056-2024, denunciaron que desde el 25 de abril realizó actos de campaña sin tener el registro autorizado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH), utilizar imágenes de infantes en su propaganda sin los requisitos correspondientes y violación a las reglas en materia de fiscalización.

La ponencia del magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, determinaron la existencia de las infracciones, pues en cuatro publicaciones en la red social Facebook, la denunciada invitó de manera expresa a la ejecución de actos de campaña a realizarse los días 25, 26, 27 de abril y 3 de mayo en diversas localidades, ostentándose como candidata común en reserva, lo cual transgredió lo previsto por el artículo 126 del Código Electoral local.

En cuanto a la aparición de menores de edad, detectaron a dos personas con características fisionómicas propias de infancias, conforme a los elementos objetivos contenidos en la propaganda, sin embargo, Melo Hernández no compareció ni atendió los requerimientos; respecto a la culpa in vigilando para Morena, igualmente la acreditaron porque el partido político tiene que procurar sus conductas conforme los principios democráticos.

Por ello, sancionaron con amonestación pública a la entonces contendiente por el ayuntamiento de Lolotla y al partido “guinda”, asimismo, remitieron copias del expediente para que conozca la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE).

También en sesión pública, el pleno dirimió los medios de impugnación contra los resultados y declaración de validez de la elección en el municipio de Tizayuca, en donde calificaron como parcialmente fundados, inoperantes e infundados los agravios expuestos para anular diversas mesas directivas.

El asunto a cargo de la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, consideró inoperantes lo relacionado a que la votación fue recibida por personas no autorizadas, pues no señalaron las casillas específicas, ni circunstancias de tiempo, modo y lugar; asimismo, en cuanto a 59 mesas directivas no proporcionaron datos para acreditar error y dolo.

De igual manera, en 18 urnas no advirtieron discrepancias en rubros fundamentales, en 35 encontraron diferencias en los datos, pero no eran determinantes para el resultado de la votación; en 13 fue posible subsanar los cálculos y solo en una anularon la votación; pese a ello y al ajustar los números finales, prevaleció el triunfo para Morena y Nueva Alianza Hidalgo (PNAH).

Correspondiente al juicio de inconformidad, TEEH-JIN-025-2024, señalaron presuntas violaciones a los principios de legalidad, certeza y objetividad, entre otras causales de nulidad suscitadas en la contienda de Jacala de Ledezma, no obstante, en el fallo de la magistrada por ministerio de ley, Lilibet García Martínez, puntualizaron como infundado.

Del caso, descartaron anomalías en las casillas como presunta recepción de sufragios por personas no autorizadas, violencia física o presión en el electorado durante la jornada de votación y error en los cómputos, tras la valoración de los elementos de pruebas, los jueces confirmaron el triunfo de la candidatura común “Seguiremos haciendo historia”.