Álgido debate por la inhabilitación de alcalde electo 

CASO SAN FELIPE ORIZATLÁN 

Intenso debate en el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) para determinar la inelegibilidad o no de Carlos César Pérez Escamilla como presidente municipal electo de San Felipe Orizatlán, por un lado, la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, estimó que existe la comisión de faltas administrativas que le impiden ejercer el cargo, mientras que dos jueces insistieron en que el asunto sigue pendiente de resolución y por mayoría confirmaron el triunfo en aquella demarcación del candidato del Partido del Trabajo (PT).

En los expedientes TEEH-JDC-266-2024, TEEH-JIN-027-2024 y TEEH-JIN-028-2024 impugnaron la presunta inelegibilidad del citado aspirante porque lo inhabilitaron para desempeñar cargos, empleos o comisiones debido a una falta administrativa, incumplió el requisito de separarse como regidor 60 días antes de la contienda, tentativo uso de documentos falsos para acreditar su residencia y no contar con modo honesto de vida.

De los asuntos a cargo de la magistrada, Rosa Amparo Martínez, declaró como infundados lo relativo a la separación del cargo, porque desde el 17 de noviembre del 2021 ya no formaba parte del cabildo, que acreditó su residencia y que el modo honesto de vida es una cuestión inatendible porque es una presunción y la máxima autoridad jurisdiccional considera que su exigencia es inválida.

Por cuanto al agravio de inelegibilidad por encontrarse inhabilitado como servidor público, lo calificó como fundado y suficiente para que no accediera al cargo municipal, debido a una falta administrativa que imputó el Órgano Interno de Control (OIC) del ayuntamiento de San Felipe Orizatlán, ya que omitió su declaración patrimonial de conclusión, así como registrar tres inasistencias consecutivas en la asamblea municipal.

Dicha inhabilitación la confirmaron con documentos emitidos por el OIC, así como la Secretaría de Contraloría del gobierno de Hidalgo y el registro de personas sancionadas de la Secretaría de la Función Pública (SFP) que exhibe un periodo de castigo del 16 de agosto del 2023 al 16 de agosto del 2026.

Entonces, corroboraban el triunfo de la planilla del PT, aunque anulaba la constancia de mayoría para Pérez Escamilla.

Sin embargo, esta propuesta no la acompañaron los magistrados, Leodegario Hernández Cortez y Lilibet García Martínez, bajo los argumentos de que el fallo no procuró el principio pro persona ni el de presunción de inocencia, además que el asunto sigue pendiente de una decisión del juzgado de distrito ante la promoción de amparos.

En la sesión, los jueces insistieron en sus posturas, Rosa Amparo Martínez reiteró en los oficios que remitieron las autoridades municipales y estatales para comprobar la inhabilitación del entonces candidato, pero el resto de los integrantes del pleno subrayaron que no era viable la restricción del derecho de votar y ser votado en la vertiente del acceso al cargo a partir de una falta administrativa.

Previamente, el TEEH ratificó los resultados en Zapotlán de Juárez luego de que descartó las infracciones señaladas en 63 casillas por integración incompleta o irregularidades en la mesa directiva, recepción de votos por personas no facultadas, intervención de funcionarios públicos, entre otras; tras la valoración de encartes, listados nominales, actas de escrutinio y hojas de incidencias no encontraron elementos suficientes para anular dichas urnas. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)