Sala Regional de la CDMX modifica reparto de pluris

-Sala Regional CDMX modifica diputaciones por el principio de representación proporcional en Hidalgo y señala inobservancia del TEEH durante la emisión de sus criterios

PROCESO ELECTORAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Debido a que el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) inobservó parámetros mínimos de las reglas inclusivas para procurar la paridad de género y grupos de atención prioritaria en la integración del Congreso hidalguense, la Sala Regional Ciudad de México ajustó nuevamente la designación de las 12 curules de representación proporcional.

Por ello, determinaron que por Movimiento Ciudadano (MC) asumirá Karla Perales Arrieta en lugar de Pablo Gómez López; mientras que por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) bajaron a Héctor Chávez Ruiz para que ocupe dicha plurinominal Leonel Perusquia Muedano.

En sesión pública, los magistrados resolvieron juicios ciudadanos y de revisión constitucional contra la sentencia del tribunal hidalguense que revocó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH) y en plenitud de jurisdicción, conforme los listados A y B, así como las fórmulas previstas, asignaron dos diputaciones plurinominales para Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), Partido del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI) y MC, respectivamente, una para Acción Nacional (PAN) y otra al “sol azteca”.

Para garantizar el acceso efectivo de personas con discapacidad, así como de personas de la diversidad sexual y de género en la integración del Congreso local, el TEEH consideró la inclusión de grupos de atención prioritaria y con sustento en el criterio de la “paridad flexible”, cuando se trata de la representatividad de otro sector de la población configurando un Poder Legislativo incluyente.

Es decir, en ese reparto, PT perdió la curul de Selma Eunice Cruz Ortega para la fórmula del PRD encabezada por el exdirigente, Héctor Chávez, asimismo, canjearon una diputación del PVEM, en lugar de María Guadalupe Cruz Montaño estaría Nicolás Vargas Muñoz.

Por ello, inconformaron ese veredicto y de los agravios expuestos, Sala Ciudad de México estimó que el órgano jurisdiccional hidalguense inobservó los parámetros mínimos que disponían las reglas inclusivas para instaurar el procedimiento de distribución, pues si bien normativamente no contempló una prohibición para realizar los ajustes en la lista “B”, como lo hizo el tribunal local, la intención del Consejo General del IEEH era que dicho ajuste fuera únicamente en las candidaturas de diputaciones de representación proporcional del listado “A”.

La sentencia abundó que las permutas no debieron realizarse en las últimas asignaciones por resto mayor, pues estas corresponden a la lista “B” y armonizarse con las postulaciones “A” de los partidos que obtuvieron el menor número de votación válida emitida, de ahí que Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) nuevamente cambió la asignación de “pluris”.

Por lo que el PRD, al recibir menor cantidad de sufragios, corresponderá a candidaturas con discapacidad; en orden ascendente el PAN mantiene el espacio para mujer y en cuanto a MC, ya cuenta con una fórmula de la diversidad sexual, pero con base en la tesis 33/2024 del rubro paridad de género, los cargos de elección popular destinados para féminas no pueden ocuparse por personas no binarias, por ello cedieron la curul para una contendiente “naranja”.

“Con esos ajustes se advierte que además de incorporarse los grupos de atención prioritaria, se cumple el mandato constitucional de paridad de género en la integración total del Congreso local”, puntualizó el fallo de Sala Regional Ciudad de México.

Por ello, los 12 diputados de representación proporcional en Hidalgo serán: por el “partido de la estrella”, Francisco Javier Téllez Sánchez y Orquídea Larragoiti Osorio; PNAH, Jorge Arguelles Salazar y Juana Olivia Alarcón Rivera; del PVEM, Avelino Tovar Iglesias y Nicolás Vargas Muñoz; los priistas, Marco Antonio Mendoza Bustamante y Johana Montcerrat Hernández Pérez; por Movimiento Ciudadano, Karla Perales Arrieta y Carlos Alejandro Alcántara Carbajal; del PAN, Claudia Lilia Luna Islas y por PRD, Leonel Perusquia Muedano.

El resto de los señalamientos los consideraron como infundados tales como: ilegal inaplicación del artículo 208 fracción 6 del Código local, en cuanto a la asignación para partidos que obtuvieron el 3 por ciento (%) de votos, sin considerar los nulos ni de candidaturas no registradas; falta de estudio de una supuesta sobrerrepresentación de Morena y PNAH; vulneración al principio de certeza; que la lista “B” debe ser encabezada por quienes obtuvieron el mayor porcentaje de sufragios sin importar su género, así como indebido procedimiento para incluir fórmulas con discapacidad y de la diversidad sexual.