Cabildos deben conocer de  contratos y convenios: TEEH

-El órgano jurisdiccional afirma que asambleístas tienen la facultad de dar la autorización o no, a alcaldes para la celebración de acuerdos comerciales

TEPEJI Y TLAHUELILPAN

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Determinó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) como fundados los agravios presentados por asambleístas de Tepeji del Río y Tlahuelilpan contra la autorización de las presidentas municipales para celebrar contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales, sobre asuntos de interés público, sin consultar a los integrantes del cabildo.

Al respecto, el magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, subrayó que siempre los miembros del ayuntamiento deben conocer los contratos y convenios que suscribirá el ayuntamiento, no importa el monto ni otras circunstancias, pues son recursos públicos.

En el expediente, TEEH-JDC-380-2024, denunciaron a la edil, Tania Valdez Cuellar, por el citado agravio, ya que dicha autorización no traduce al hecho de que esos instrumentos puedan celebrarse sin el derecho previo con el que cuentan los integrantes del cabildo de conocer, analizar y en su caso, aprobar cada uno de los contratos o convenios.

Consideró que autorizar de forma abstracta, genérica, indeterminada e indefinidamente a la presidenta municipal para formalizar contratos, limita el derecho de los regidores y síndicos a desempeñar su cargo, puesto que les restringe la posibilidad de ejercer las funciones de control y vigilancia.

Por lo tanto, revocaron el punto séptimo del orden del día de la segunda sesión extraordinaria del ayuntamiento de Tepeji del Río, del pasado 13 de septiembre, y ordenaron a la alcaldesa que establezca que con antelación a la celebración de contratos y convenios con particulares e instituciones sobre asuntos de interés público que pretenda suscribir, cada uno de ellos pueda ser considerado y autorizado previamente por la asamblea municipal.

De igual manera, Valdez Cuellar entregará copias certificadas de los convenios signados del 13 de septiembre a la notificación de la sentencia, aunque quedarán subsistentes para salvaguardar el principio de conservación de los actos celebrados.

En el mismo sentido resolvieron el juicio, TEEH-JDC-381-2024, en donde señalaron a la presidenta de Tlahuelilpan, Norma Leticia Reyes Reyes, por el contenido del apartado cinco del acta de asamblea de la sesión extraordinaria del 13 de septiembre que igual inhibía el conocimiento de contratos con particulares e instituciones oficiales; también el tribunal mandató la modificación de dicha disposición e informar sobre los convenios celebrados.

Sin embargo, en el asunto, TEEH-JDC-382-2024, en el cual acusaron al edil de Huejutla de Reyes, Alfredo San Román Duval, por similar acuerdo para que no sometieran al cabildo los contratos y convenios, el órgano jurisdiccional desechó el caso porque los presentaron fuera del plazo legal, pues el acto ocurrió el 9 de septiembre y formalizaron la queja el 23 de septiembre.