Reencauzan a Sala Ciudad de México queja del PVEM
-ANTECEDENTE. INE castigó al PVEM por un total de 49 mil 833.63 pesos debido a la omisión de registrar propaganda institucional
TEPJF
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Determinó Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el recurso de apelación que interpuso el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) contra las sanciones por omisiones en materia de fiscalización cometidas durante el proceso extraordinario celebrado en Cuautepec de Hinojosa, que corresponde a la Sala Regional Ciudad de México resolver la controversia, por lo que reencauzaron el asunto.
En el recurso de apelación, SUP-RAP-533/2024, la “cúpula del tucán” adujo una falta de fundamentación y motivación, así como exhaustividad y congruencia en la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en cuanto a la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña presentados por los partidos políticos y candidatura común al cargo de presidencia municipal.
Respecto de las conclusiones controvertidas, las cuales específicamente derivaron en una sanción de 39 mil 193.77 pesos, el partido recurrente expuso de manera genérica que el análisis efectuado a las mismas, adolecen de fundamentación y motivación, en virtud que únicamente señalan la infracción cometida.
Al dirimir el caso, Sala Superior refirió que la impugnación está vinculada de manera particular con sanciones en materia de fiscalización que deberá liquidar PVEM con financiamiento público estatal, por ello estimó que le compete a Sala Ciudad de México conocer y resolver lo que en derecho corresponda.
Además de que el tipo de elección está vinculada a los informes presentados por cargos de presidencias municipales, por lo que, a fin de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, lo procedente fue remitir la demanda a la Sala Regional Ciudad de México para que a la brevedad resuelva en plenitud de atribuciones.
Lo anterior, no implica pronunciarse sobre presupuestos procesales y requisitos de procedencia distintos a la competencia.
El pleno de Sala Superior subrayó que, si bien el acuerdo impugnado fue emitido por el CG del INE, como órgano central y de máxima dirección, la controversia está relacionada únicamente con las infracciones y sanciones impuestas en materia de fiscalización atribuidas a un partido político con registro en Hidalgo.
INE castigó al PVEM por un total de 49 mil 833.63 pesos debido a la omisión de registrar propaganda institucional; no presentar el estado de cuenta, reporte de movimientos bancarios, contrato y aviso de apertura, tampoco muestras fotográficas y cotización de aportaciones en especie por parte de simpatizantes que superan las 90 Unidades de Medida y Actualización (UMA), ni documentación soporte respecto a publicidad en redes sociales; informes extemporáneos; sin pagos otorgados a representantes, entre otros.